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Muchas personas descubren que están investigadas por blanqueo sin haber tocado nunca un negocio ilegal. Prestaron su cuenta a un conocido para recibir unas transferencias, pusieron a su nombre un coche o un piso que pagó otro, cobraron en efectivo durante años en un comercio del barrio o firmaron como administradores de una sociedad que no controlaban. Cuando los Mossos d’Esquadra o la Policía Nacional tiran del hilo de otra causa, a veces contra estructuras de delincuencia organizada, esos movimientos aparecen en el atestado y el juzgado cita a declarar.
La pregunta que vas a tener que responder es siempre la misma: de dónde sale ese dinero y qué sabías tú. En un delito de blanqueo de capitales (lo que en la calle se llama lavado de dinero) la carga de probar la procedencia delictiva es de la acusación, pero en la práctica quien no puede explicar su patrimonio lo tiene difícil. Por eso nuestro trabajo empieza reuniendo la documentación que respalda tu relato y seguimos con una pericial económica que lo haga comprensible para el juez.
Somos parte del equipo de abogados penalistas en Barcelona de la firma. Cuando la investigación de origen es por drogas, que sigue siendo el caso más frecuente, coordinamos la estrategia con la defensa por tráfico de drogas en Barcelona, porque lo que se decida sobre el delito previo condiciona el blanqueo.

Son figuras que se confunden a menudo. La calificación cambia la pena y, a veces, decide si hay o no delito.
¿Te han citado por blanqueo de capitales en Barcelona?
Estas son las cifras que más pesan en una causa por blanqueo, ordenadas por lo que suele preguntar primero quien llega al despacho.
10 años
tarda en prescribir el blanqueo doloso; el imprudente, 5 años
Art. 131 CP
Tanto al triplo
del valor de los bienes es la multa, además de la prisión, tanto con dolo como por imprudencia
Art. 301.1 y 3 CP
Mitad superior
de la pena cuando el dinero procede del tráfico de drogas o de delitos como la trata o la corrupción
Art. 301.1 CP
6 meses a 2 años
de multa, o de 2 a 5 años en los casos más graves, para la empresa responsable
Art. 302.2 CP
Casi todos los procedimientos siguen el mismo proceso, aunque la duración varía mucho según el volumen de documentación.
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Los Mossos d’Esquadra, la Policía Nacional o la Guardia Civil remiten al juzgado su investigación patrimonial, a menudo derivada de otra causa.
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Un juzgado de instrucción de Barcelona cita a los investigados, pide información a los bancos y a la Agencia Tributaria y acuerda medidas cautelares, como embargos, si lo ve necesario.
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Es el momento de fijar tu versión. Antes revisamos todo lo que hay en la causa.
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Frente al informe policial, que sigue el rastro del dinero a través del sistema financiero, presentamos un análisis económico propio que explique los ingresos y los movimientos.
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Tras la apertura del juicio oral, el blanqueo doloso se juzga en la Audiencia Provincial de Barcelona y el imprudente en un Juzgado de lo Penal. Contra la sentencia de la Audiencia cabe apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Si recibiste transferencias o firmaste operaciones por encargo de otro, trabajamos sobre lo que sabías. Si no hay prueba de conocimiento, pedimos el archivo o, al menos, que se descarte el dolo frente a la imprudencia.
Hostelería, comercio o reformas: reconstruimos la gestión de la caja con facturas, tiques, declaraciones y proveedores para demostrar que los ingresos son de la actividad y no de otra fuente.
Discutimos si el delito antecedente está acreditado y si los bienes investigados tienen conexión real con él. Si no la tienen, no procede la agravación.
Comprobamos si antes de los hechos había un plan de cumplimiento con controles que funcionaban de verdad (art. 31 bis CP). Con él se puede pedir la exención; si era incompleto, sirve para rebajar la multa.
Pedimos que se levanten los embargos sobre fondos y bienes de origen lícito o de terceros de buena fe, y combatimos el decomiso ampliado cuando no hay indicios objetivos.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Trae lo que tengas; el resto lo pedimos al juzgado una vez personados.
Estas causas avanzan en silencio durante meses. Cuando llega la citación, el informe patrimonial suele estar ya hecho. Si sospechas que estás en una investigación, prepárate antes.
«Me lo prestó un amigo» o «lo gané en el juego» sin ningún papel que acredite su legalidad se vuelve en contra. Es mejor no dar explicaciones que dar una que luego se desmonta.
Coordinar versiones con otros implicados, por teléfono o por mensaje, puede interpretarse como un intento de ocultación y dejar rastro en la causa. Cualquier contacto, mejor después de tener asesoramiento.
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La multa va del tanto al triplo del valor de los bienes blanqueados, es decir, entre una y tres veces esa cantidad. Se suma a la pena de prisión, tanto en el blanqueo doloso como en el imprudente.
El artículo 301 no fija un importe mínimo. Lo que importa es que los bienes vengan de un delito y que haya una conducta para ocultar su origen. Aun así, el Tribunal Supremo ha dejado fuera operaciones que, por su carácter insignificante, no afectan al bien protegido.
Cualquier actividad delictiva que genere bienes. El tráfico de drogas es el más habitual, pero también el delito fiscal, las estafas, el cohecho de un funcionario público o la trata. Si el origen es el tráfico de drogas, la trata de personas o ciertos delitos de corrupción, la pena se impone en su mitad superior.
La investigación la dirige un juzgado de instrucción, con el apoyo de los Mossos d’Esquadra, la Policía Nacional, la Guardia Civil o la Agencia Tributaria, sobre todo cuando hay grupos organizados detrás. El SEPBLAC recibe las comunicaciones de operaciones sospechosas de bancos y otros profesionales y elabora informes para jueces, fiscales y policía.
Puede serlo. Si tenías conciencia de que el dinero venía de un delito, o te lo representaste y seguiste adelante, es blanqueo doloso. Si no lo sabías pero ignoraste señales muy claras, podría ser imprudente. Todo depende de las circunstancias y de lo que se pueda probar.
No necesariamente. Si la condena no supera los 2 años y es tu primer delito, el juez puede suspender la pena (art. 80 CP), algo posible sobre todo en el blanqueo imprudente. En el doloso, la pena mínima es prisión de seis meses, así que también puede plantearse.
Sí. El artículo 301.4 permite castigar el blanqueo aunque el delito de origen se cometiera total o parcialmente en otros países.
La receptación solo afecta a bienes de delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico y exige ánimo de lucro. El blanqueo abarca bienes de cualquier delito y se centra en ocultar su origen.