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Un vecino de arriba que deja una tubería rota en una finca del Eixample, un comercio de Gràcia que pierde el género por una inundación, un préstamo con seguro de vida que el banco sigue cobrando a la viuda. Son situaciones distintas con un punto en común: la compañía de seguros dice que no paga, que paga menos o que todavía está estudiando el caso.
Nuestro trabajo como abogado de seguros en Barcelona es cambiar esa posición con argumentos. La póliza es un contrato, y la Ley de Contrato de Seguro, que es estatal y se aplica igual en Cataluña, fija reglas que la aseguradora no puede saltarse: cómo se valora el daño, cuándo tiene que pagar, qué intereses debe si se retrasa y qué cláusulas no te puede oponer.
Lo llevamos desde el área de derecho civil del despacho, con un equipo de abogados que combina la asesoría previa, la gestión de la negociación con la compañía aseguradora y, si hace falta, la demanda. Cada cliente sabe en todo momento en qué punto está su reclamación y qué resultado cabe esperar. Trabajamos para personas, comunidades de propietarios y pequeños negocios de Barcelona y su área metropolitana, de cualquier sector.

La compañía alega que el daño está excluido, que es por falta de mantenimiento o que ocurrió antes de contratar. En la mayoría de los casos el rechazo se apoya en una sola cláusula. Pedimos la cláusula concreta en la que se apoya y comprobamos si es una cláusula que define el riesgo o una que limita tus derechos; estas últimas solo valen si estaban destacadas y las firmaste aparte.
El perito de la aseguradora ofrece una cifra que no alcanza para reparar. Encargamos una valoración a un profesional independiente y, si la diferencia es relevante, activamos la peritación contradictoria del artículo 38, que obliga a contrastar ambas valoraciones.
Meses de visitas, llamadas y la misma información pedida varias veces. Es uno de los problemas más frecuentes. Pasados tres meses desde el siniestro sin pago, la compañía entra en mora y debe intereses: el interés legal del dinero incrementado en un 50 %, y nunca menos del 20 % anual a partir del segundo año.
Los beneficiarios o los herederos reclaman el capital y la compañía tarda, pide documentos que no hacen falta o discute la causa del fallecimiento. Si el seguro estaba vinculado a una hipoteca y el banco figura como beneficiario, el capital cancela la deuda pendiente y el resto corresponde a los demás beneficiarios.
Las pólizas de invalidez y de accidentes personales tienen definiciones propias de qué es una invalidez y de qué es un accidente. Una caída en el trabajo, un accidente doméstico o una enfermedad que acaba en incapacidad pueden encajar en una garantía o quedar fuera según cómo esté redactada. Revisamos esa definición frente a los informes médicos, la resolución del INSS y el cuestionario de salud que firmaste. Si el cuestionario no preguntaba por la enfermedad, la compañía no puede reprocharte que no la declararas; y si no hubo cuestionario, tampoco.
Autorizaciones denegadas, reembolsos que no llegan, asistencia sanitaria que no se presta en plazo o una enfermedad que la compañía considera excluida. En un seguro de salud la relación con la aseguradora dura años, y muchos asegurados dudan si reclamar por miedo a perder la póliza. Antes de reclamar revisamos también las condiciones de renovación de tu póliza.
Cuando otra persona te causa un daño, puedes reclamar directamente a su seguro de responsabilidad civil sin esperar a que lo haga el causante. El asesoramiento en estos temas incluye valorar todos los daños y perjuicios. Lo hacemos, por ejemplo, frente al seguro de responsabilidad civil de un vecino, de un comercio o de una empresa de reformas que te ha causado lesiones o daños materiales. Lo explicamos en la página de responsabilidad civil en Barcelona.
Las comunidades de propietarios de fincas antiguas acumulan siniestros por agua, fachadas y cubiertas, y es frecuente que dos seguros (el de la comunidad y el del vecino) se pasen la responsabilidad. También reclamamos a la aseguradora cuando un seguro de impago de alquiler no cubre las rentas que dejó de pagar el inquilino.
Si el daño viene de una inundación extraordinaria o de un temporal con vientos por encima de los umbrales legales, no paga tu aseguradora sino el Consorcio de Compensación de Seguros. Te ayudamos a presentar la solicitud y a reclamar si la valoración del Consorcio se queda corta.
¿Tu aseguradora rechaza el siniestro, paga poco o lleva meses sin responder?
Lo que la ley fija y lo que vigilamos en cada asunto.
40 días
desde la declaración del siniestro para fijar el importe de mutuo acuerdo; sin acuerdo, se abre la peritación
fuente: art. 38 Ley 50/1980
3 meses
desde el siniestro: a partir de ahí, si no ha pagado, la compañía debe intereses de demora
fuente: art. 20 Ley 50/1980
180 días
tiene el asegurado para impugnar el dictamen de los peritos; la aseguradora, 30
fuente: art. 38 Ley 50/1980
2 y 5 años
de prescripción: en un seguro de daños y en uno de personas, respectivamente
fuente: art. 23 Ley 50/1980
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Antes de que se repare nada, documentamos el daño con fotografías, vídeo y presupuestos, y comprobamos que el siniestro se comunicó dentro de los siete días que pide la ley. Si ya se reparó, reunimos facturas y testigos. La pérdida de pruebas es la manera más fácil de debilitar una reclamación.
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Si el informe del perito de la compañía es bajo, pedimos un informe a un perito independiente. El informe de otro profesional da seguridad a tu posición. Con esas dos cifras sobre la mesa se puede negociar o, si no hay acuerdo, seguir el procedimiento de peritación del artículo 38.
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Enviamos un requerimiento escrito que denuncia el incumplimiento y exige el cumplimiento del contrato, con la cuantía, las garantías de la póliza que cubren el daño los daños y perjuicios derivados del retraso y los intereses que se están generando. Ese intento de negociación es, además, el paso previo que exige la Ley Orgánica 1/2025 antes de demandar.
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Si la compañía no rectifica, demandamos ante la sección civil del Tribunal de Instancia de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia. Las cláusulas que obliguen a pleitear en otra ciudad no valen: el juzgado competente es el del domicilio del asegurado. Pedimos en la demanda la indemnización, los perjuicios acreditados, los intereses y las costas, y si la sentencia es favorable y la compañía no paga, solicitamos su ejecución.
Las particulares recogen lo que contrataste: capitales, garantías y franquicias. Las generales, la letra pequeña. Lo que aparece en las particulares y te favorece suele prevalecer sobre una exclusión genérica de las generales.
Si el capital asegurado es inferior al valor real de lo que se asegura, la compañía puede indemnizar solo en proporción (art. 30 Ley 50/1980). Es un recorte habitual en hogar y en comercios, y el porcentaje que se descuenta puede ser alto. Comprobamos si el capital se fijó con datos de la propia aseguradora y si la cláusula se aplicó bien.
Muchas pólizas de hogar pagan el valor de reposición a nuevo de lo dañado; otras descuentan la antigüedad. La diferencia, en una cocina o en una instalación eléctrica, puede ser importante.
La franquicia es la parte del daño que asumes tú; la carencia, el tiempo inicial en que una garantía todavía no cubre. Ambas tienen que estar claras en la póliza para que la compañía pueda aplicarlas: la obligación de informar con transparencia es suya, no tuya.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Para una primera valoración de tu reclamación de seguro, envíanos lo que tengas:
Si la avería se arregla sin fotografías ni presupuesto, la compañía puede discutir después el alcance del daño. Documenta antes de reparar, salvo urgencia para evitar más daños.
La primera oferta suele ser la más baja. Una valoración independiente permite saber si es razonable antes de firmar nada. Firmar un recibo de finiquito por pura confianza en la compañía puede impedir reclamar los perjuicios que aparezcan después.
La prescripción corre desde el siniestro, no desde la carta de rechazo. Una reclamación escrita a la compañía interrumpe el plazo; las llamadas, no.
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Es el procedimiento que prevé el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro cuando el asegurado y la compañía no se ponen de acuerdo en la cuantía del daño. Cada uno nombra un perito; si sus informes no coinciden, se designa un tercero. El dictamen se puede impugnar en el juzgado.
Sí, si hay infraseguro la compañía puede aplicar la regla proporcional. Pero hay que revisar cómo se calculó el capital, si la póliza lo excluye y si la aseguradora conocía el valor real cuando lo aceptó.
Pasados quince días desde el fallecimiento puedes pedir el certificado del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, del Ministerio de Justicia. Indica con qué compañías tenía póliza el fallecido.
No existe en España un título oficial de abogado especialista en seguros. Más que una especialización formal, conviene un abogado especializado en derecho de seguros y en el proceso civil, con conocimiento de la jurisprudencia, que sepa discutir una valoración pericial, una cláusula o un grado de invalidez con la compañía.
Muchas pólizas de hogar y de comercio incluyen una garantía de defensa jurídica que cubre los gastos de abogado hasta un límite. Puedes elegir libremente el abogado; no estás obligado a usar el que te proponga la compañía. Es una protección que pocos asegurados conocen, y la revisamos en la primera consulta según las necesidades de cada caso.
El silencio no te perjudica: los intereses de demora siguen corriendo desde la fecha del siniestro. Pasado un tiempo razonable, se puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros o presentar la demanda.
Si la compañía sospecha que el siniestro no es real, puede rechazarlo e incluso denunciar. Respecto a la vía penal, intervienen nuestros abogados del área penal; en la vía civil seguimos reclamando la indemnización si el siniestro está acreditado.
Depende de dónde se originó el daño: en un elemento común responde el seguro de la comunidad; en la instalación privativa de un vecino, el suyo. Si los dos lo niegan, se reclama contra ambos para que el juzgado decida.