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En Barcelona buena parte de los accidentes no son choques entre dos coches. Son atropellos en un cruce del Eixample, caídas de moto por un cambio de carril, ciclistas y patinetes golpeados por una puerta que se abre. Quien sale peor parado suele ser el más vulnerable, y es también quien tiene menos margen para pelearse con una aseguradora mientras se recupera. Nuestro objetivo es que no pierdas nada por el camino y que tengas la tranquilidad de saber en qué punto está tu caso.
Como bufete de abogados de accidentes de tráfico en Barcelona, nos ocupamos de la gestión de toda la reclamación: pedimos el atestado a la Guardia Urbana o a los Mossos d’Esquadra, reunimos los informes médicos, encargamos a un médico valorador la valoración del daño corporal y comprobamos que la indemnización se calcula con el baremo de tráfico de la Ley 35/2015. Negociamos con la compañía de seguros para reclamar la máxima indemnización que permite el sistema de valoración y, si no hay acuerdo, demandamos.
Las víctimas pueden reclamar tanto los daños personales como los materiales, y te acompañamos desde el día siguiente al siniestro hasta la resolución definitiva del caso. Trabajamos para víctimas de accidentes en Barcelona ciudad y en el área metropolitana: conductores, pasajeros, motoristas, ciclistas, usuarios de patinete y peatones. El despacho tiene un equipo de más de 40 abogados y profesionales, así que si el accidente te lleva a una baja larga o a una incapacidad, lo coordinamos con el resto de nuestros abogados en Barcelona.

Cada accidente deja daños distintos. Estos son los servicios que más prestamos.
Reclamamos los días de curación hasta el alta médica, las secuelas permanentes que queden después, las intervenciones quirúrgicas, la rehabilitación y el lucro cesante por los ingresos que has dejado de percibir.
En los atropellos, el peatón casi siempre tiene derecho a indemnización. Acreditamos la dinámica con el atestado, los testigos, las cámaras de la zona y, si hace falta, un reconstructor de accidentes, y reclamamos al seguro del vehículo.
Motoristas y usuarios de bici o patinete eléctrico sufren más lesiones graves. Analizamos la responsabilidad de cada parte, el uso del casco y las coberturas aplicables a tu caso.
Un médico valorador independiente cuantifica tu daño corporal y un perito tasa los daños materiales (el vehículo, incluido el siniestro total, la ropa y los objetos personales), para no depender solo de los informes que encarga la aseguradora.
Revisamos partida por partida la oferta motivada de la compañía. Si es insuficiente, la rebatimos con nuestros informes antes de ir a juicio.
Si el vehículo culpable no tenía seguro, era robado o se dio a la fuga sin identificar, dirigimos la reclamación al Consorcio.
Asistimos a los familiares en la reclamación por la muerte de un ser querido en un accidente de circulación, con las indemnizaciones que el baremo prevé para cada perjudicado.
Siniestros rechazados, exclusiones, ampliaciones de cobertura mal aplicadas o la anulación de la póliza. Asumimos tu defensa y protegemos tus derechos frente a tu propia aseguradora.
Demandamos a la aseguradora ante los juzgados de primera instancia y, si procede, recurrimos ante la Audiencia Provincial de Barcelona.
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En Cataluña las competencias de tráfico están repartidas de forma diferente al resto de España, y eso cambia a quién pedimos el atestado:
Si el accidente fue in itinere, es decir, de camino al trabajo o de vuelta a casa, también es un accidente laboral, con efectos en tus prestaciones de la Seguridad Social. Lo coordinamos con nuestros abogados de derecho laboral en Barcelona y, si quedan secuelas que te impiden trabajar, con el área de incapacidad permanente.
El mismo día del accidente, pide que acuda la policía si hay heridos, haz fotos del lugar y de los vehículos y apunta los datos de los testigos. Ve a urgencias aunque creas que no es nada: muchas lesiones cervicales dan la cara horas después, y sin un informe médico cercano en el tiempo es difícil relacionarlas con el accidente. Para el latigazo cervical la ley exige un informe médico concluyente. Comunica el siniestro a tu propia aseguradora en siete días, como marca el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro, también si solo hay daños materiales. Y habla con un abogado antes de contestar a la aseguradora del contrario: es habitual que ofrezca una indemnización baja antes de que se conozca el alcance de tu recuperación.
La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor exige que, antes de demandar, la víctima reclame a la aseguradora del responsable (artículo 7). La compañía dispone de tres meses para dar una oferta motivada o una respuesta motivada si rechaza la reclamación; si se retrasa sin causa justificada, debe intereses de demora. Si no estás de acuerdo con lo que ofrece, puedes solicitar un informe al instituto de medicina legal, acudir a mediación o ir directamente a juicio.
La indemnización por accidente de tráfico se calcula con el baremo de tráfico de la Ley 35/2015, que valora por separado las lesiones temporales, las secuelas y el fallecimiento. Son conceptos distintos y cada uno tiene sus propias tablas. Además del perjuicio personal, se reclaman los perjuicios patrimoniales: gastos médicos, de rehabilitación, de desplazamiento y el lucro cesante. Las cuantías del baremo se actualizan cada año, así que no sirve comparar con lo que cobró otra persona hace tiempo.
La Ley 5/2025, que reforma la ley del seguro obligatorio, ha creado un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros, como los patinetes eléctricos. Cuando ese seguro sea exigible, los lesionados por un patinete tendrán una aseguradora obligatoria a la que dirigir la reclamación.
Con carácter general, la acción para reclamar la indemnización prescribe al año, contado desde que se conoce el alcance definitivo de las lesiones (normalmente el alta médica). En Cataluña el Codi Civil fija un plazo de tres años para la responsabilidad extracontractual, y los tribunales no siempre han aplicado el mismo criterio a los accidentes de circulación. Nuestra recomendación es no dejar pasar el año sin reclamar: la reclamación a la aseguradora interrumpe la prescripción, y desde que te notifican la oferta o la respuesta motivada empieza a contar un nuevo año.
La vía penal queda para los accidentes con delito: conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, conducción temeraria o imprudencia grave con lesiones o fallecimiento. En esos casos nos personamos como acusación particular, junto a nuestros abogados penalistas en Barcelona. En el resto, la reclamación es civil.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Sí. Si el accidente lo causó un vehículo a motor, reclamamos a su aseguradora como en cualquier otro siniestro. Hay que analizar cómo ocurrió y si tu conducta influyó, porque la culpa compartida puede reducir la indemnización.
Los Mossos d’Esquadra, que en Cataluña asumen el tráfico en vías interurbanas. Dentro de la ciudad de Barcelona interviene la Guardia Urbana. La ley obliga a las fuerzas de seguridad a facilitar copia del atestado a los perjudicados, y podemos pedirla en tu nombre.
Sí. La reclamación extrajudicial previa es un requisito para poder demandar, y la compañía tiene tres meses para dar una oferta o una respuesta motivada.
No sin revisarla. Muchas veces llega antes del alta o no incluye todas las secuelas. Una vez firmas el finiquito, es muy difícil reclamar nada más.
Sí. Tenemos seis sedes y llevamos reclamaciones en toda España. Lo relevante es el juzgado competente, y nos encargamos de ello.
Esta es la documentación básica: el atestado o el parte, los informes médicos, las bajas y las facturas de gastos. Puedes mandarlo desde el teléfono móvil por WhatsApp o correo electrónico, o rellenar el formulario de esta página y te llamamos.
La regla prudente es un año desde el alta médica o la estabilización de las lesiones. Si hubo causa penal, el plazo se cuenta desde que termina. Cuanto antes empecemos, mejor se conserva la prueba.
Se habla de concurrencia de culpas. La indemnización se reduce en proporción a tu responsabilidad, pero no desaparece. Estudiamos el atestado para que ese reparto sea justo.
Tras estudiar tu caso y antes de empezar te damos el presupuesto por escrito. Depende de la complejidad y de si hace falta llegar a juicio.