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Abogado de pensión de alimentos en Barcelona

Reclamamos en Barcelona las pensiones de alimentos que no se pagan, pedimos el embargo de nómina y cuentas, y revisamos la prestación de alimentos cuando cambia la situación económica de alguna de las partes.
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Pensión de alimentos en Barcelona: qué hacer cuando deja de llegar

La pensión de alimentos es la obligación económica de cada progenitor con sus hijos, se paga cada mes y debe ser puntual. Cuando deja de pagarse, no se arregla esperando. Cada mensualidad pendiente es una deuda que ya consta en una sentencia o en un convenio aprobado, y eso permite ir directamente a la ejecución forzosa. La clave está en actuar con la deuda bien calculada y con datos de los ingresos y bienes del alimentante.

En Cataluña la obligación de los progenitores de prestar alimentos a los hijos forma parte de sus responsabilidades parentales (art. 236-17 CCCat), tengan o no la guarda de los hijos, lo que fuera de Cataluña se suele llamar custodia. El derecho catalán habla de potestad parental donde el Código Civil estatal dice patria potestad, y el contenido, la cuantía y la extinción de la prestación de alimentos se rigen por el libro segundo del Código civil de Cataluña. El cobro, en cambio, sigue la Ley de Enjuiciamiento Civil, como en toda España.

También defendemos a quien paga y ya no puede asumir la cuantía. Si la ruptura, sea divorcio o separación, todavía no está cerrada, el convenio se trabaja dentro del divorcio en Barcelona, y para cualquier otro asunto cuentas con nuestros abogados de familia en Barcelona.

Firma de documentos con un abogado, derecho de familia

Qué dice el Código civil de Cataluña sobre la prestación de alimentos

Contenido de los alimentos

Cuantía y actualización

Hijos mayores de edad

Carácter del derecho

¿Tu ex ha dejado de pagar los alimentos en Barcelona?

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Plazos clave para reclamar alimentos impagados

Estas cifras marcan qué se puede cobrar y cuándo.

20 días

desde la firmeza de la sentencia o la notificación del convenio aprobado antes de poder despachar la ejecución

fuente: art. 548 LEC

1 año hacia atrás

se pueden reclamar alimentos de hijos menores anteriores a la reclamación si esta se retrasó por causa imputable al obligado

fuente: art. 237-5 CCCat

3 años

prescriben en Cataluña las pretensiones sobre pagos periódicos, como las mensualidades vencidas

fuente: art. 121-21 CCCat

18 meses

es el máximo que el Fondo de Garantía anticipa a cada hijo beneficiario, de forma continua o discontinua

fuente: art. 9 RD 1618/2007

Cómo reclamamos una pensión impagada en Barcelona

El impago de la pensión de alimentos se reclama ante el mismo juzgado que dictó la sentencia. En Barcelona capital, los Juzgados de Primera Instancia de familia tienen su sede en la Ciutat de la Justícia.

1

Liquidación de la deuda

Sumamos mensualidades impagadas, actualizaciones del IPC no aplicadas y gastos extraordinarios pendientes.

2

Demanda ejecutiva

La presentamos con la sentencia o el convenio como título. A diferencia de una demanda nueva, la ejecución no exige acreditar antes un intento de negociación (art. 5.3 de la Ley Orgánica 1/2025).

3

Despacho de ejecución y embargo

El juzgado requiere de pago y ordena el embargo de nómina, pensiones, cuentas u otros bienes. En alimentos el tribunal fija la cantidad embargable (art. 608 LEC).

4

Multas coercitivas

Si el incumplimiento es reiterado, el letrado de la Administración de Justicia puede imponerlas, además de cobrar lo debido sobre el patrimonio del deudor (art. 776.1.ª LEC).

5

Gastos extraordinarios

Si no estaban previstos expresamente, primero pedimos que se declaren extraordinarios; si la otra parte se opone en cinco días, hay vista (art. 776.4.ª LEC).

6

Fondo de Garantía

Si la ejecución resulta infructuosa, tramitamos el anticipo del Fondo con el certificado del juzgado.

El Fondo de Garantía del Pago de Alimentos

Es un fondo estatal regulado por el Real Decreto 1618/2007 que anticipa a favor de los hijos menores de edad pensiones de alimentos reconocidas por tribunales españoles e impagadas. Estos son sus requisitos principales:

Quién puede pedirlo

Condiciones económicas

Documentación exigida

Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos

Déjanos tus datos, llámanos o escríbenos por WhatsApp. Te atiende un abogado del área.

Qué revisamos antes de ejecutar

El título y su alcance

Comprobamos qué conceptos incluye, desde cuándo y con qué cláusula de actualización, porque solo se puede ejecutar lo que el título dice.

La deuda real

Contrastamos extractos y transferencias para fijar lo que de verdad se debe, mes a mes.

Los bienes del deudor

Nómina, cuenta bancaria, inmuebles o actividad profesional. Con más datos, el embargo llega antes.

Documentos que necesitamos

Para preparar la reclamación de la pensión alimenticia impagada necesitamos:

Errores frecuentes con el impago de alimentos en Barcelona

Dejar pasar los años

En Cataluña el plazo de prescripción de los pagos periódicos es más corto que en el Código Civil estatal. Acumular deuda durante años sin reclamarla puede hacer perder mensualidades.

Aceptar arreglos informales

Pagos parciales, compras de ropa o de material escolar en lugar de la pensión. Sin un acuerdo aprobado por el juez, la cuantía debida sigue siendo la del título.

Ir directamente a la vía penal

La denuncia no sustituye a la ejecución civil: para cobrar, la vía es la demanda ejecutiva ante el juzgado de familia.

Modificación de medidas en el derecho de familia catalán

Cuando el problema no es el impago sino que la cuantía ya no encaja con la situación económica actual, la vía es la modificación de medidas. El artículo 233-7 del Código civil de Cataluña permite cambiar por resolución judicial las medidas de un proceso matrimonial o de un convenio otorgado ante notario si varían sustancialmente las circunstancias, y también de común acuerdo. En alimentos, los supuestos habituales son una pérdida de empleo, una mejora notable de ingresos o que el hijo empiece a trabajar. Una crisis económica real y duradera de quien paga puede justificar una rebaja; una bajada de ingresos buscada a propósito, no.

Particularidades catalanas

Cómo se tramita

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

Atención cercana y directa

Te explicamos cada paso de tu asunto con claridad.

Transparencia desde el primer día

Antes de empezar sabrás cómo vamos a trabajar y cuál es el presupuesto, por escrito.

Cobertura nacional con presencia local

Oficina en Barcelona y seis sedes en España, presencial o a distancia.

Un abogado por materia

Cada caso lo lleva un abogado del área que corresponde.

Cómo empezamos

1

Nos dejas tus datos

Rellena el formulario o llámanos. Basta con una explicación breve.

2

Te llamamos

Hablamos contigo para entender tu situación y qué necesitas resolver.

3

Valoración y propuesta

El abogado del área estudia tu caso y te explica las opciones y las condiciones antes de empezar.

Preguntas frecuentes sobre la pensión de alimentos en Barcelona

¿Qué significa prestación de alimentos?

Es la obligación de cubrir lo indispensable para que una persona viva: mantenimiento o sustento, vivienda, vestido, asistencia médica y educación o formación. En Cataluña se regula en los artículos 237-1 y siguientes del Código civil catalán.

¿Qué pasa si un mes no pago la pensión de alimentos?

La primera de las consecuencias es civil: esa mensualidad se puede reclamar en ejecución y pedir el embargo. No hace falta esperar a acumular varias. Si los impagos se repiten, el juez puede adoptar medidas para asegurar el cumplimiento (art. 237-10 CCCat).

¿Cuándo es delito no pagar la manutención?

Cuando se dejan de pagar dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos de una pensión fijada judicialmente; la pena es de prisión de tres meses a un año o multa (art. 227 CP). Es independiente de la ejecución civil.

¿Cuál es la cantidad mínima de pensión alimenticia que se debe pagar?

La ley no fija un mínimo: la cuantía depende de las necesidades del hijo y de la capacidad económica de ambos progenitores. Las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial sirven de referencia, sin cifras obligatorias.

¿Quién tiene derecho a una pensión alimenticia?

Los hijos, menores y mayores que aún dependen económicamente de sus padres, y en general los cónyuges, descendientes, ascendientes y hermanos entre sí, con distinto alcance (art. 237-2 CCCat). Quien los recibe es el alimentista o alimentado.

¿Cuándo se puede pedir una modificación de medidas?

Cuando cambian de forma sustancial las circunstancias que se tuvieron en cuenta, como una pérdida de empleo, una mejora notable de ingresos o que el hijo pase a tener ingresos propios.

¿Puedo embargar la nómina de mi ex por impago?

Sí. En alimentos el juez fija la cantidad embargable sin aplicar la escala general del artículo 607 LEC, así que puede embargarse más que en una deuda ordinaria.

Otros asuntos de familia que llevamos en Barcelona

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Envíanos la sentencia y un resumen de los pagos, y te decimos cuánto se puede reclamar y por qué vía. Llámanos al 91 999 74 91, escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos y te llamamos.
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