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Arraigo sociolaboral en Barcelona

Si llevas dos años en España en situación irregular y una empresa catalana te ofrece un contrato, el arraigo sociolaboral puede ser tu vía. Te decimos si encaja, preparamos el expediente con la empresa y lo seguimos hasta la tarjeta.
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Arraigo sociolaboral en Barcelona: Estado o Generalitat, quién decide

En Cataluña la Generalitat tramita permisos de trabajo de extranjeros, y es fácil pensar que el arraigo también pasa por ella. No es así. La propia Generalitat explica en su web de Treball que las autorizaciones de residencia por arraigo quedan fuera de la competencia que se le traspasó en 2009 y se piden en la Oficina de Extranjería de la provincia. En Barcelona, la de la Subdelegación del Gobierno.

La Generalitat entra en juego más tarde. Si al acabar el año quieres pasar del arraigo a una autorización de residencia y trabajo, la parte laboral de esa modificación la recibe y resuelve el órgano autonómico cuando la relación laboral se desarrolla en Cataluña (art. 195.2.b RD 1155/2024). Por eso planteamos cada arraigo sociolaboral pensando ya en el segundo paso.

Jurídicamente es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, prevista en la Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros (art. 31.3) y desarrollada por el Real Decreto 1155/2024. De las cinco modalidades de arraigo, es la que se apoya en un contrato. Si tu caso se basa en familia residente o en estudios, mira el arraigo social o el arraigo socioformativo. Y para cualquier otro trámite, cuentas con nuestros abogados de extranjería en Barcelona.

Visado en un pasaporte, derecho de extranjería

Requisitos para solicitar el arraigo sociolaboral en España

Los mismos en toda España y acumulativos: si falla uno, se deniega.

Dos años de permanencia en España

El art. 126.b exige haber permanecido en territorio nacional sin interrupción al menos los dos años previos a la presentación de la solicitud. El periodo como solicitante de protección internacional no cuenta hasta que haya resolución firme en sede administrativa y, si se recurrió, judicial.

Antecedentes y orden público

Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los cinco últimos años anteriores a tu llegada, por hechos que sean delito en el ordenamiento jurídico español. Tampoco puedes representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.

Situación administrativa limpia

No figurar como rechazable en el espacio Schengen, no encontrarse dentro del plazo de un compromiso de no retorno, haber abonado la tasa y no tener otra autorización ni otra solicitud de residencia abierta (letra h, añadida por el Real Decreto 316/2026).

Uno o varios contratos de trabajo

Que paguen al menos el salario mínimo interprofesional o el del convenio colectivo aplicable, en proporción a la jornada trabajada y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global. La presentación de varios contratos cabe en trabajos de temporada o en empleos parciales simultáneos.

¿Una empresa de Barcelona quiere contratarte y aún no tienes papeles?

Cuéntanos tu caso y te explicamos las opciones antes de empezar, sin compromiso.

Tres vías para regularizarte con un trabajo en Cataluña

Una oferta de empleo abre más de una puerta. Así se diferencia el arraigo sociolaboral de las dos figuras con las que más se confunde.

Arraigo sociolaboral

Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena

Autorización por colaboración con la autoridad laboral

Plazos clave del arraigo sociolaboral

Las cifras que marcan el calendario, de la solicitud al segundo año.

20 horas

semanales como mínimo, sumando todos los contratos, con un sueldo que alcance el salario mínimo o el del convenio en proporción a la jornada

fuente: art. 127.b RD 1155/2024

1 mes

desde que te notifican la concesión para que conste tu alta en la Seguridad Social; hasta entonces la autorización no despliega efectos

fuente: art. 130.5 RD 1155/2024

1 año

de vigencia de la autorización, con posibilidad de prórroga anual

fuente: arts. 125.2 y 132.1 RD 1155/2024

2 meses

antes de que caduque se abre el plazo para pedir la prórroga; presentarla en ese margen mantiene válida la autorización hasta que se resuelva

fuente: art. 132.3 RD 1155/2024

Paso a paso: presentar la solicitud en Barcelona y preparar el segundo año

Intervienen dos administraciones, según el momento.

1

Estudio de la vía

Confirmamos que el arraigo sociolaboral es la opción adecuada y no otra, y que no tienes pendiente ninguna solicitud de protección internacional ni otra de residencia.

2

Trabajo con la empresa

Revisamos el contrato con el convenio que le corresponde en Cataluña y la documentación del empleador.

3

Solicitud ante la Oficina de Extranjería de Barcelona

Para solicitar el arraigo sociolaboral tienes que comparecer tú, presencialmente o por medios electrónicos (art. 197), con pasaporte, contrato firmado y tasa.

4

Trabajo provisional

Con la admisión a trámite puedes empezar a trabajar por cuenta ajena mientras se resuelve.

5

Resolución, alta y TIE

Si se concede, la empresa te da de alta en el mes siguiente y tú pides la tarjeta de identidad de extranjero en la Policía Nacional en ese mismo plazo.

6

Segundo año

Preparamos la prórroga o la modificación a residencia y trabajo, en la que interviene la Generalitat.

Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos

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Lo que revisamos del empleador catalán

El convenio que le toca

En Cataluña conviven convenios estatales, autonómicos y provinciales. El Reglamento compara tu contrato con el aplicable a esa actividad, categoría y localidad (art. 74.1.c), y el salario del convenio puede estar por encima del mínimo interprofesional.

Deudas y actividad real

El empleador debe estar al corriente con Hacienda y con la Tesorería General de la Seguridad Social y tener medios para su proyecto y para pagar el salario bruto (arts. 74.1.d y 76).

Particulares que contratan

Si quien te contrata es una familia, por ejemplo para trabajo en el hogar, tiene que acreditar además medios económicos para mantenerse, calculados sobre el salario mínimo según cuántas personas forman su unidad familiar (art. 76.2).

Para la empresa que contrata en Barcelona

Por qué le interesa

Puede incorporar a alguien que ya conoce sin acreditar la situación nacional de empleo y sin esperar un visado, porque la persona ya está en España.

Qué firma y qué aporta

El contrato o contratos firmados por ambas partes y la documentación que prueba que está al día y tiene medios. La solicitud la presenta el trabajador, no la empresa.

Qué compromiso asume

Dar de alta en la Seguridad Social en el mes siguiente a la notificación de la concesión. Si esa relación no llega a empezar por causas ajenas al trabajador, este puede aportar otro contrato (Criterio de Gestión 2/2025).

Documentos que necesitamos

Esta es la documentación necesaria para valorar tu caso y montar la solicitud de arraigo sociolaboral:

Errores frecuentes en el arraigo sociolaboral en Barcelona

Dirigir la solicitud a la Generalitat

El arraigo es un trámite del Estado y la Generalitat no es el órgano competente para resolverlo. La solicitud se dirige a la Oficina de Extranjería.

Sumar contratos que no alcanzan 20 horas

Dos contratos de 8 horas no bastan. Si la suma se queda corta, la solicitud no cumple el requisito, aunque el salario de cada contrato sea correcto.

Olvidar la inscripción como demandante de empleo

Para la prórroga hay que acreditar búsqueda activa de empleo e inscripción en el servicio público de empleo, salvo causas justificadas. En Cataluña ese servicio es el SOC, el Servei Públic d’Ocupació de Catalunya.

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

Atención cercana y directa

Te explicamos cada paso de tu asunto con claridad.

Transparencia desde el primer día

Antes de empezar sabrás cómo vamos a trabajar y cuál es el presupuesto, por escrito.

Cobertura nacional con presencia local

Oficina en Barcelona y seis sedes en España, presencial o a distancia.

Un abogado por materia

Cada caso lo lleva un abogado del área que corresponde.

Cómo empezamos

1

Nos dejas tus datos

Rellena el formulario o llámanos. Basta con una explicación breve.

2

Te llamamos

Hablamos contigo para entender tu situación y qué necesitas resolver.

3

Valoración y propuesta

El abogado del área estudia tu caso y te explica las opciones y las condiciones antes de empezar.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo sociolaboral en Barcelona

¿La Generalitat tramita el arraigo sociolaboral?

No. Según la propia Generalitat, el arraigo es competencia del Estado y se presenta en la Oficina de Extranjería de tu provincia. La Generalitat interviene en la autorización inicial de trabajo y en la parte laboral de algunas modificaciones posteriores.

¿Qué arraigo no necesita contrato de trabajo?

El arraigo social, basado en vínculos familiares con residentes o en un informe de integración social, y el socioformativo, basado en una formación. El familiar tampoco exige contrato.

¿Cómo obtener residencia en España con contrato de trabajo?

Si ya vives en España desde hace dos años, el arraigo sociolaboral te da un permiso de residencia con autorización para trabajar. Si estás fuera, la vía habitual es la autorización inicial de residencia y trabajo que solicita la empresa, con visado.

¿Cuánto tarda un arraigo sociolaboral?

El plazo legal para notificar la resolución es de tres meses; si vence sin respuesta, la solicitud se puede entender desestimada (disp. adicional 1.ª LO 4/2000). Mientras tanto, con la admisión a trámite ya puedes trabajar.

¿Qué es el arraigo laboral y sigue existiendo?

Era la figura del reglamento anterior para quien demostraba al menos seis meses de relación laboral. El Reglamento de 2024 la eliminó y creó el nuevo arraigo sociolaboral, que mira al contrato futuro. Quien ha trabajado sin papeles y lo tiene reconocido por un juez o por la Inspección puede pedir la autorización por colaboración del art. 129.2.

¿Qué pasa si me despiden después de la concesión?

La autorización sigue vigente y te permite trabajar para otra empresa. Pasados tres meses puedes cambiar de empleador sin comunicarlo; antes, solo por causas ajenas a tu voluntad y avisando a la Oficina con el nuevo contrato en dos meses (Criterio de Gestión 2/2025).

¿Qué hago al terminar el año de arraigo?

Tienes dos caminos: prorrogar un año más acreditando búsqueda activa de empleo (art. 132) o pasar a una autorización de residencia y trabajo de cuatro años si cumples los requisitos de renovación (art. 191.3). Si trabajas en Cataluña, la parte laboral de esa modificación la resuelve la Generalitat.

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Cuéntanos cuánto tiempo llevas en España y qué te ofrece la empresa, y te decimos si el arraigo sociolaboral encaja. Llámanos al 91 999 74 91, escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos y te llamamos.
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