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Abogado de testamentos en Madrid

Te ayudamos a decidir cómo quieres repartir tu patrimonio, redactamos las cláusulas del testamento con el Código Civil delante y lo coordinamos con la notaría de Madrid que elijas para que tu voluntad se cumpla sin dudas.
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Lo esencial

Abogado testamentos Madrid: ordenar tu sucesión antes de que decidan otros

Si alguien fallece sin testamento, la ley decide por él: hay que tramitar una declaración de herederos y el reparto sigue el orden del Código Civil, que muchas veces no coincide con lo que la persona habría querido. Hacer testamento es la forma de evitarlo, y no se reserva para grandes patrimonios: basta tener una vivienda, unos ahorros o hijos menores para que merezca la pena dejarlo escrito.

Como abogado de testamentos en Madrid, nuestro servicio de asesoramiento empieza antes de la cita en la notaría, con la información que nos da cada cliente. Revisamos tu situación familiar, tu vecindad civil y los bienes que tienes, te explicamos qué parte de la herencia está reservada a tus legitimarios y qué parte puedes dejar a quien quieras, y, con esa planificación, redactamos un borrador que el notario pueda autorizar sin cambios de última hora.

Lo llevan los abogados de herencias del despacho, un equipo de derecho sucesorio que conoce tanto la redacción del testamento como la tramitación de la herencia después, cuando los herederos tienen que aceptar la herencia, hacer el inventario, pagar la plusvalía municipal y repartir. Esa visión de lo que pasa tras el fallecimiento es la que evita cláusulas que luego no se pueden cumplir o que acaban en un procedimiento de impugnación.

Firma de documentos con un abogado, derecho de familia

Qué decidimos contigo al preparar el testamento

Quién será heredero y qué recibe cada uno

Puedes nombrar a uno o a varios herederos y fijar en qué proporción heredan. También puedes dejar legados, es decir, bienes concretos a personas concretas, como una vivienda a un hijo o una cantidad a un sobrino.

Cómo usar el tercio de mejora y el de libre disposición

La legítima estricta se reparte por igual entre los hijos, pero el tercio de mejora y el tercio libre te permiten favorecer a un descendiente, a tu pareja o a una persona ajena a la familia. Calculamos lo que supone cada opción.

Los derechos del cónyuge viudo

Si concurre con hijos, el cónyuge tiene por ley el usufructo del tercio de mejora. Si quieres dejarle más, valoramos el usufructo universal con cautela socini, el legado de la vivienda o la conmutación del usufructo.

Si eres padre o madre de un hijo con discapacidad o menor

Desde la reforma de 2021 puedes gravar la legítima estricta con una sustitución fideicomisaria a favor de un hijo con discapacidad (art. 808 CC). Con hijos menores, conviene designar tutor y quién administrará sus bienes.

Albacea y contador-partidor

Nombrar un albacea que vele por el cumplimiento del testamento y un contador-partidor que haga la partición evita que el reparto quede bloqueado si los herederos no se ponen de acuerdo (art. 1057 CC).

Desheredación y sustituciones

Solo se puede desheredar a un legitimario o heredero forzoso por una causa prevista en la ley y expresada en el testamento (arts. 848 a 857 CC). Prevemos también sustitutos por si un heredero fallece antes que tú o renuncia.

¿Quieres dejar claro cómo se repartirá tu patrimonio?

Cuéntanos tu caso y te explicamos las opciones antes de empezar, sin compromiso.

Plazos y cifras de un testamento en Madrid

Las reglas del Código Civil que más pesan al planificar una sucesión.

2/3

de la herencia forman la legítima de hijos y descendientes; un tercio puede destinarse a mejorar a alguno

fuente: arts. 808 y 823 Código Civil

5 años

desde el fallecimiento para presentar el testamento ológrafo ante notario; si no, deja de ser válido

fuente: art. 689 Código Civil

15 días hábiles

tras el fallecimiento para poder pedir el certificado de últimas voluntades

fuente: Anexo II del Reglamento Notarial

6 meses

desde el fallecimiento para presentar el impuesto de sucesiones, prorrogables otros seis si se piden a tiempo

fuente: arts. 67 y 68 Reglamento del ISD

Cómo preparamos tu testamento en Madrid: el proceso paso a paso

Del primer contacto a la firma ante notario, estos son los pasos.

1

Entrevista y vecindad civil

Hablamos de tu familia y de lo que quieres conseguir. Confirmamos tu vecindad civil, porque si es catalana, aragonesa, navarra o vasca tu sucesión no se rige por el Código Civil aunque vivas en Madrid.

2

Inventario de bienes y deudas

Repasamos contigo la gestión de tu patrimonio: inmuebles, cuentas, participaciones en sociedades, seguros y deudas, y las donaciones que hayas hecho en vida, que se tienen en cuenta para calcular las legítimas.

3

Propuesta de reparto y borrador

Te presentamos las alternativas con sus efectos para cada heredero, también en el impuesto de sucesiones, y redactamos las cláusulas del testamento abierto.

4

Firma ante notario y revisión

Coordinamos el trámite y la cita con la notaría que prefieras en Madrid. El notario lo incorpora a su protocolo y lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad. Te recomendamos revisarlo si cambia tu familia o tu patrimonio.

Qué revisamos antes de que firmes

Que las legítimas cuadren

Una cláusula que perjudica la legítima de un hijo puede reducirse a petición suya. Comprobamos los números y el valor de cada bien antes de que el testamento llegue a la notaría.

La vivienda familiar

Dejar la casa a varios herederos en proindiviso es el origen de muchos conflictos entre hermanos y de una partición de herencia bloqueada. Proponemos una solución: adjudicaciones concretas, la división del inmueble o fórmulas para que alguien pueda quedarse con ella.

Las donaciones en vida

Lo que hayas donado a un hijo puede tener que computarse en su legítima. Es una decisión que conviene tomar con toda la información; lo dejamos previsto para que nadie se lleve una sorpresa en la partición.

Los bienes fuera de España

Si tienes bienes o residencia en otro país, el Reglamento europeo de sucesiones permite elegir la ley de tu nacionalidad. Valoramos qué vía protege mejor tus intereses y lo dejamos escrito si te conviene.

Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos

Escríbenos por WhatsApp, llámanos o rellena el formulario. Un abogado del área de herencias revisa tu situación y te explica los siguientes pasos.

Documentos que necesitamos

Esta es la documentación necesaria para otorgar testamento con todo preparado:

Errores frecuentes al hacer testamento

Copiar un modelo genérico

Un modelo de internet no conoce tu familia ni tus bienes. Las cláusulas imprecisas son las que más tarde dan lugar a interpretaciones enfrentadas entre los herederos.

No actualizarlo nunca

Un divorcio, un nuevo hijo o la venta de la vivienda pueden dejar el testamento desfasado. Lo que estaba bien hace diez años puede no reflejar hoy tu voluntad.

Olvidar el impuesto de sucesiones

El mismo reparto puede salir muy distinto a cada heredero según quién reciba cada bien. Lo revisamos con el área fiscal antes de cerrar las cláusulas, junto con la estrategia para la liquidación del impuesto.

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

Atención cercana y directa

Te explicamos cada paso de tu asunto con claridad.

Transparencia desde el primer día

Antes de empezar sabrás cómo vamos a trabajar y cuál es el presupuesto, por escrito.

Cobertura nacional con presencia local

Oficina en Madrid y seis sedes en España, presencial o a distancia.

Un abogado por materia

Cada caso lo lleva un abogado del área que corresponde.

Cómo empezamos

1

Nos dejas tus datos

Rellena el formulario o llámanos. Basta con una explicación breve.

2

Te llamamos

Hablamos contigo para entender tu situación y qué necesitas resolver.

3

Valoración y propuesta

El abogado del área estudia tu caso y te explica las opciones y las condiciones antes de empezar.

Preguntas frecuentes sobre testamentos en Madrid

¿Es obligatorio un abogado para hacer testamento?

No. El testamento abierto lo autoriza el notario, que comprueba tu capacidad y redacta el documento. El abogado te ayuda antes: a decidir el reparto, a calcular las legítimas y a prever los problemas que pueden surgir entre los herederos.

¿Qué tipo de testamento conviene hacer?

En la mayoría de los casos, el testamento notarial abierto. Es el más seguro porque queda en el protocolo del notario y en el Registro de Actos de Última Voluntad. El ológrafo es válido, pero tiene más riesgo de pérdida o de impugnación.

¿Puedo dejar toda la herencia a mi pareja?

Con hijos, no en propiedad: dos tercios son legítima de los descendientes. Sí puedes dejarle el tercio libre y, con fórmulas como el usufructo universal, que disfrute de todo mientras viva.

¿Qué pasa si fallezco sin testamento?

Se abre la sucesión intestada. Hay que tramitar una declaración de herederos ante notario y la herencia va, por este orden, a descendientes, ascendientes, cónyuge y parientes colaterales hasta el cuarto grado (arts. 930 a 955 CC).

¿Se puede cambiar un testamento ya firmado?

Sí, tantas veces como quieras. El testamento es revocable y el último válido es el que cuenta, salvo que en él digas que mantienes parte del anterior.

¿Se puede impugnar un testamento?

Sí, por defectos de forma, falta de capacidad del testador, vicios de la voluntad o lesión de la legítima. Un testamento bien preparado y otorgado ante notario reduce mucho ese riesgo.

¿Cómo sé si un familiar fallecido dejó testamento?

Con el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, que se pide pasados 15 días hábiles desde la defunción. Indica el último testamento y la notaría donde se otorgó.

¿Qué trámites harán mis herederos tras el fallecimiento?

Pedir el certificado de últimas voluntades y la copia del testamento, decidir sobre la aceptación o la renuncia, aceptar la herencia ante notario, hacer el inventario y la partición y presentar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Con un testamento claro y un contador-partidor, la tramitación es mucho más sencilla.

¿Vivo en Madrid pero soy de otra comunidad: qué ley se aplica?

La de tu vecindad civil, no la de tu residencia. Si conservas la vecindad catalana, por ejemplo, tu testamento se rige por el Código civil de Cataluña aunque lo firmes en Madrid.

Otros asuntos de herencias que llevamos en Madrid

Si ya ha fallecido tu familiar y hay que tramitar la herencia, consulta nuestra página de abogados de herencias en Madrid. Para saber cuánto pagarán tus herederos, tienes la página del impuesto de sucesiones en Madrid. Si tu vecindad civil es catalana, consulta los testamentos en Barcelona o a todos los abogados en Madrid. Tenemos seis sedes en España: ver oficinas.

¿Hablamos de tu caso?

Revisamos tu situación y te decimos por escrito qué reparto encaja con lo que quieres, qué legítimas debes respetar y qué documentos necesitas, con el presupuesto antes de empezar.
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