Cuéntanos tu caso
Seis sedes en España
Más de 40 abogados
Todas las áreas
Presencial o a distancia
La mayoría de las consultas de derecho mercantil en Madrid no llegan de grandes grupos, sino de gente que tiene un negocio: el autónomo que quiere pasar a sociedad limitada, los dos socios que ya no se entienden, la pyme a la que un cliente no paga o el restaurante que se quiere traspasar. Casi siempre hay una decisión que tomar pronto y dinero en juego. Por eso un abogado mercantil en Madrid tiene que explicarte, antes que nada, qué opciones tienes y qué riesgo corre cada una.
En R. Sánchez Abogados el área mercantil se ocupa de sociedades, contratación y derecho concursal, dentro de un despacho de abogados con más de 40 profesionales y sede en Madrid. Trabajamos con autónomos, pymes, startups y particulares que invierten o heredan participaciones, y nuestro asesoramiento cubre todo el ciclo de vida de la sociedad. Antes de proponerte nada queremos entender tus necesidades y los objetivos comerciales de tu negocio. Revisamos documentos, preparamos juntas, negociamos con la otra parte y, cuando no queda otra salida, defendemos tus intereses ante los juzgados de lo mercantil.
Atendemos en toda la Comunidad de Madrid, de la capital a Alcalá de Henares, Getafe o Alcobendas, y si tu empresa tiene sede en otra provincia seguimos llevando el asunto. Si necesitas otras áreas, en la misma firma tienes a los abogados en Madrid de fiscal, laboral o inmobiliario.

Estos son los asuntos que más llevamos. Si el tuyo no aparece, cuéntanoslo igualmente.
Elegimos contigo la forma jurídica, redactamos los estatutos que regularán el funcionamiento de la sociedad, pedimos el NIF y coordinamos la escritura ante notario y la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid.
Ampliaciones y reducciones de capital, cambio de objeto social o de domicilio, nombramiento y cese de administradores y transformación de la sociedad.
Redactamos pactos de socios que regulan la entrada y salida de socios para evitar bloqueos y, si el conflicto ya existe, impugnamos acuerdos de la junta o negociamos la salida de un socio.
Redacción y revisión de contratos comerciales de distribución, agencia, franquicia, suministro, prestación de servicios o compraventa entre empresas.
Analizamos avales personales, fianzas y otras garantías antes de que las firmes, y te defendemos frente a la reclamación si te exigen el pago como avalista.
Operaciones de compra o venta de participaciones, de un negocio en funcionamiento o del local con su actividad, con una revisión legal previa (due diligence) de deudas y contratos.
Solicitud del concurso, comunicación de negociaciones con acreedores y defensa del administrador en la sección de calificación.
Te asesoramos sobre tus deberes como administrador y te defendemos si un acreedor o un socio te reclama con tu patrimonio personal.
Cierre ordenado de la sociedad, desde el acuerdo de la junta hasta la cancelación registral, para que no quede ninguna deuda pendiente a tu nombre.
Requerimientos, procedimiento monitorio y demandas de reclamación de cantidad para recuperar facturas impagadas o reclamar por el incumplimiento de un contrato.
¿Necesitas un abogado mercantilista en Madrid?
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Buena parte del trabajo de un abogado mercantilista en Madrid pasa por estos organismos:
En una crisis de liquidez, cuando las cuentas no cuadran, el tiempo corre en contra. La ley pone plazos concretos a los administradores y actuar tarde puede hacerte responder con tu patrimonio personal. Este es el proceso que revisamos contigo.
Según la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010), la sociedad entra en causa de disolución cuando las pérdidas dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social. Los administradores tienen dos meses para convocar la junta que acuerde la disolución o la medida que corrija la situación. Si no lo hacen, pueden responder de las deudas posteriores.
El texto refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020) obliga al deudor a solicitar el concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer su estado de insolvencia actual (artículo 5). Antes de ese paso se puede comunicar al juzgado la apertura de negociaciones con los acreedores, lo que da unos meses de margen para intentar un acuerdo.
La reforma de la Ley 16/2022 introdujo los planes de reestructuración, pensados para actuar cuando la insolvencia es probable y todavía hay negocio viable. También creó un procedimiento especial para microempresas, en general las que tienen menos de diez trabajadores, más sencillo y ágil, que se tramita en buena parte a través de formularios oficiales. Si eres autónomo y te quedan deudas que no puedes pagar, estudiamos la exoneración del pasivo insatisfecho con nuestros abogados de segunda oportunidad en Madrid.
Desde la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, la sociedad limitada puede constituirse con un capital mínimo de 1 euro. Mientras el capital no llegue a 3.000 euros, la ley obliga a destinar parte del beneficio a reserva legal y, si la sociedad se liquida sin bienes suficientes, los socios responden de la diferencia hasta esa cifra. Conviene saberlo antes de elegir cuánto capital poner, y lo mismo con los trámites y plazos de la constitución, que dependen de la notaría y del Registro. Los aspectos de IVA, sociedades o facturación los vemos con los abogados fiscalistas en Madrid de la firma.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Hay abogados mercantiles en Madrid para todo tipo de empresas, desde grandes firmas de M&A hasta despachos que atienden a pymes. Lo importante es que el perfil encaje con tu negocio y con la fase de desarrollo en que se encuentra:
Los abogados mercantiles se ocupan de la actividad empresarial. Asesoran a empresas, autónomos y socios en todo lo que tiene que ver con su negocio: creación y gestión de sociedades, contratos, relaciones entre socios, compraventa de empresas, deudas y concurso de acreedores. Parte de su trabajo es preventivo, como el asesoramiento continuo y el control del cumplimiento de las obligaciones societarias, y parte es defensa ante los juzgados de lo mercantil.
Al constituir la sociedad, antes de firmar un contrato importante, al entrar o salir un socio, al vender o traspasar el negocio y en cuanto aparecen problemas para pagar a los acreedores. Revisar a tiempo suele ahorrar un pleito.
El derecho societario forma parte del derecho mercantil y se ocupa de las sociedades: constitución, estatutos, juntas, administradores y socios. El mercantil es más amplio e incluye también los contratos entre empresas, la competencia y el derecho concursal.
Sí, desde la Ley 18/2022. Pero mientras el capital sea inferior a 3.000 euros hay obligaciones de reserva y responsabilidad de los socios en caso de liquidación, así que conviene valorarlo con tu abogado.
En principio no, pero sí puede responder si incumple sus deberes, por ejemplo si no convoca la junta cuando hay causa de disolución o si no solicita el concurso a tiempo. Por eso es importante actuar en cuanto hay pérdidas graves.
Depende de los estatutos, del pacto de socios si lo hay y de los porcentajes de cada uno. Las salidas habituales son negociar la compra de sus participaciones, impugnar los acuerdos de la junta o, en casos de bloqueo total, plantear la disolución.
Sí. Atendemos en toda la Comunidad de Madrid y, con seis sedes en España, llevamos procedimientos en cualquier juzgado de lo mercantil del país.
Después de estudiar tu asunto y antes de empezar. Te lo damos por escrito y depende del tipo de operación o procedimiento y de su complejidad.