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Una bronca en la terraza de un bar del Eixample, un conflicto de escalera que se arrastra desde hace meses, un antiguo socio que exige dinero con mensajes cada vez más subidos de tono. Las lesiones y las amenazas casi nunca son un hecho aislado. Detrás suele haber una relación previa y un cruce de denuncias. Por eso, antes de fijar la estrategia, tu abogado necesita conocer la historia completa y no solo la noche del incidente.
Lo normal es que intervenga primero la Guardia Urbana, si el altercado ocurre en la vía pública de la ciudad, o los Mossos d’Esquadra, la policía autonómica que suele instruir los atestados penales. Todo termina en la Ciutat de la Justícia, entre Barcelona y L’Hospitalet de Llobregat, donde está el juzgado de guardia y donde se celebran buena parte de los juicios por delito leve.
Como abogados, trabajamos para las dos partes: el denunciado que necesita una defensa sólida y la persona agredida o amenazada que quiere personarse como acusación particular y cobrar lo que le corresponde. Cuando los hechos ocurren en la pareja o la expareja, la ley aplica reglas propias que tratamos en violencia de género en Barcelona. Si además hubo un robo con violencia, revisa nuestra página de robos y hurtos. Todo lo coordinan nuestros abogados penalistas en Barcelona.

En derecho penal son tres delitos distintos: el delito de amenazas y el de coacciones atacan la libertad; el de lesiones, la integridad física. A menudo aparecen juntos en la misma denuncia, y saber qué tipo penal se imputa de verdad cambia la pena y el procedimiento.
¿Te han citado en la Ciutat de la Justícia por lesiones o amenazas?
Estas cifras salen del Código Penal español. Sirven de orientación; la pena final depende de las pruebas, de las circunstancias del hecho, de la conducta del acusado y de si hay acuerdo.
Multa de 1 a 3 meses
por lesiones que solo requieren una primera asistencia facultativa
Art. 147.2 CP
3 a 6 años
de prisión por causar una deformidad o la pérdida de un órgano no principal
Art. 150 CP
1 a 5 años
de prisión por amenaza condicional de un mal que sea delito, si el autor logra su propósito
Art. 169.1 CP
1 año
para que prescriban los delitos leves de lesiones, amenazas o coacciones
Art. 131 CP
Lo que pasa después de la denuncia depende de si el hecho es un delito leve o un delito de lesiones más serio. Estas son las etapas:
1
La policía recoge la denuncia, el informe de asistencia del CAP o del hospital, las fotografías y los datos de los testigos, y cita a todos ante el juzgado de guardia.
2
Si es un delito leve y comparecen todos, el juicio puede hacerse en el acto. Si el delito es flagrante o sencillo de investigar, se tramita como juicio rápido.
3
En el juicio rápido cabe una conformidad con rebaja de un tercio de la pena, pero solo si no hay acusación particular personada (art. 801 LECrim). En los casos complejos, un Juzgado de Instrucción de Barcelona sigue investigando.
4
El médico forense cita a la víctima hasta que se cura y emite el informe de sanidad con los días de perjuicio y las secuelas. Sin ese informe no se puede cuantificar la indemnización.
5
Los Juzgados de lo Penal de Barcelona juzgan los delitos con pena de hasta 5 años de prisión; la Audiencia Provincial de Barcelona, los más graves y los recursos de apelación.
Pedimos el atestado completo, localizamos testigos y grabaciones y comprobamos si hubo legítima defensa (art. 20.4 CP): una agresión ilegítima previa, un medio proporcionado para frenarla y ninguna provocación por tu parte.
Presentamos la denuncia o la querella, te personamos como acusación particular y pedimos una orden de alejamiento u otras medidas de protección mientras dura el proceso.
Documentamos los mensajes, correos electrónicos o publicaciones en redes sociales para que sirvan como prueba, y valoramos si hay un delito de amenazas condicional, una coacción o un delito leve. Si la amenaza condicional llega por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación, la pena se impone en su mitad superior (art. 169.1).
Tenemos en cuenta el informe de sanidad, los días de curación, las secuelas y los gastos, y ejercemos la acción civil dentro del propio juicio penal.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Con estos papeles podemos darte una primera valoración.
Este tipo de juicio parece un trámite, pero termina en una sentencia que puede imponer una multa y una indemnización. Ir sin testigos ni pruebas es la forma más rápida de perderlo.
En los delitos leves, el perdón del ofendido extingue la responsabilidad si se da de forma expresa antes de la sentencia (art. 130 CP). Si la víctima perdona sin haber pactado antes la indemnización, el proceso penal se cierra y tendrá que reclamarla por otra vía.
Ir a hablar con quien te ha denunciado puede interpretarse como una nueva amenaza o una coacción, y romper una orden de alejamiento es otro delito. Cualquier acuerdo, a través de los abogados.
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Cuando no anuncia un mal real, serio y posible, por ejemplo una frase en caliente sin intención de cumplirla ni capacidad para hacerlo, o cuando el mal que se anuncia es legítimo, como avisar de que vas a denunciar o a reclamar una deuda en el juzgado. Lo valora el juez atendiendo al contexto y a las circunstancias.
En cualquier comisaría de los Mossos d’Esquadra o directamente en el juzgado de guardia de la Ciutat de la Justícia. Lleva las capturas, audios o testigos que tengas. Si la amenaza es grave, conviene presentar querella con abogado y pedir medidas de protección desde el principio. Las oficinas de asistencia a las víctimas también te dan información sobre tus derechos.
Castiga las coacciones: impedir a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe u obligarle a hacer lo que no quiere, sea justo o injusto. La pena es de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses. Las coacciones leves se castigan con multa de 1 a 3 meses y requieren denuncia.
Depende del resultado. Con primera asistencia, multa de 1 a 3 meses. Con tratamiento médico, prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses, y hasta 5 años si hubo armas o ensañamiento. Con deformidad, de 3 a 6 años; con pérdida de un órgano principal o un sentido, de 6 a 12 años.
Te citarán como investigado o, si es un delito leve, como denunciado a un juicio en el juzgado. Tendrás que explicar el contexto de tus palabras o mensajes. Algunas denuncias cruzadas terminan en absolución por falta de prueba; otras acaban en multa, en indemnización o en una prohibición de acercarse a la víctima.
Un delito leve puede juzgarse el mismo día en la guardia o en pocas semanas. Si hay tratamiento médico, el juicio espera al alta forense de la víctima, que puede tardar meses, y después a la fecha que fije el Juzgado de lo Penal.
Sí, si su declaración es creíble, coherente a lo largo del tiempo y está corroborada por algún dato externo, como un parte médico o un testigo. Por eso tu abogado se centra en las contradicciones y en la prueba objetiva.
Si tiene entre 14 y 17 años, el caso lo lleva la Fiscalía de Menores y un Juzgado de Menores, con medidas educativas en lugar de penas. La víctima puede personarse y reclamar la indemnización, de la que responden también los padres.