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Abogado de lesiones y amenazas en Madrid

Como abogados penalistas, llevamos la defensa de quien está denunciado por una pelea, una agresión o unas amenazas, y la acusación de quien ha resultado herido o amenazado, desde la comisaría hasta el Juzgado de lo Penal.
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Abogado de lesiones y amenazas en Madrid: lo que decide tu caso

Una discusión a la salida de un local en Malasaña, un altercado de tráfico que termina con un empujón, un vecino que te espera en el portal para soltarte amenazas. Así empiezan muchos procedimientos por lesiones y amenazas en Madrid y en el resto de la Comunidad de Madrid. En pocas horas hay un atestado de la Policía Nacional o de la Policía Municipal, un parte de urgencias y una citación para el juzgado de guardia de Plaza de Castilla.

En estos asuntos el papel manda, y es lo primero que revisa el abogado. Las lesiones y las amenazas dejan rastro en el parte médico, en el informe del médico forense y en los mensajes que se cruzaron las partes. Ese rastro decide si hablamos de un delito leve que se ventila en una mañana o de un delito de lesiones castigado con pena de prisión. Como abogado penalista, lo leemos con lupa antes de que declares.

En los delitos contra las personas defendemos al investigado y también representamos a la víctima como acusación particular. Si los hechos ocurren dentro de la pareja o la expareja, el tratamiento legal cambia y lo explicamos en nuestra página de violencia de género en Madrid. Si hay alguien detenido ahora mismo, lo urgente es la asistencia al detenido. Y para el resto del derecho penal cuentas con nuestros abogados penalistas en Madrid.

Mazo de juez sobre una mesa, defensa penal

Tipos de delito de lesiones: leve, menos grave o grave

En los delitos contra la integridad física, el Código Penal no mide la gravedad por lo aparatoso de la pelea, sino por el resultado en la salud de la víctima y por cómo se causó. La frontera principal es el tratamiento médico.

Delito leve de lesiones

Delito menos grave de lesiones

Delito grave de lesiones

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Penas y plazos clave

Las lesiones protegen la integridad física y la salud; las amenazas y las coacciones son delitos contra la libertad (arts. 169 a 172). Estas son las penas de prisión que marca la ley para cada tipo de delito. La pena concreta depende de las circunstancias, de la conducta del acusado y de sus antecedentes.

3 meses a 3 años

de prisión, o multa de 6 a 12 meses, por lesiones que necesitan tratamiento médico

Art. 147.1 CP

2 a 5 años

de prisión si la agresión se hizo con armas, objetos peligrosos, ensañamiento o alevosía

Art. 148 CP

6 a 12 años

de prisión por la pérdida de un órgano principal, un sentido o una grave enfermedad

Art. 149 CP

6 meses a 2 años

de prisión por amenazar con un mal que sea delito, sin exigir nada a cambio

Art. 169.2 CP

Cómo es el proceso judicial en Madrid

El camino depende de la gravedad y de si hubo un detenido puesto a disposición judicial. Este es el recorrido más habitual:

1

Denuncia y atestado

La víctima denuncia en comisaría o en el juzgado de guardia. La policía toma declaración, recoge el parte de urgencias y cita a las partes y a los testigos.

2

Juzgado de guardia en Plaza de Castilla

En los delitos leves de lesiones, amenazas o coacciones, el juicio puede celebrarse allí mismo si comparecen todos. En los demás casos se abren diligencias urgentes o un procedimiento abreviado.

3

Informe del médico forense

Examina a la víctima, fija los días de curación y las secuelas y dice si hubo tratamiento médico.

4

Instrucción y acusación

El Juzgado de Instrucción practica las pruebas pendientes. Si hay indicios, la fiscalía y la acusación particular formulan escrito de acusación; si no, se pide el archivo. Como medida de protección, el juez puede prohibir al investigado acercarse a la víctima o comunicarse con ella (art. 544 bis LECrim).

5

Juicio oral

Lo celebra un Juzgado de lo Penal de Madrid cuando la pena pedida no supera los 5 años de prisión. Los casos de los artículos 149 y 150 con penas mayores van a la Audiencia Provincial de Madrid.

Qué revisa tu abogado penalista en un caso de lesiones y amenazas

El parte médico y el forense

Comprobamos si lo que se hizo en urgencias fue tratamiento o solo una primera cura, y qué secuelas reales quedan. Esa distinción separa una multa de una pena de prisión.

La legítima defensa

El artículo 20.4 exige una agresión ilegítima previa, un medio racionalmente necesario para repelerla y no haberla provocado. En una riña aceptada por los dos, la jurisprudencia no la admite. Si falta algún requisito no esencial, puede apreciarse como eximente incompleta (art. 21.1).

Los mensajes y audios

En las amenazas a través de WhatsApp o redes sociales, analizamos el contexto completo de la conversación. Una frase sacada de una discusión no siempre es un delito de amenazas. Pero si las amenazas ponen una condición y llegan por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación, la pena sube a su mitad superior (art. 169.1).

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Documentos que necesitamos

Con esto tu abogado penalista puede estudiar el caso antes de la citación.

Errores frecuentes tras una pelea o una amenaza

Declarar en comisaría sin preparar

Tu versión inicial queda en el atestado y es difícil de corregir después. Tienes derecho a no declarar y a hablar antes en privado con tu abogado penalista.

Responder a las amenazas por escrito

Contestar con otro insulto o con otra amenaza convierte a la víctima en denunciada por amenazas. Guarda los mensajes y no contestes.

Esperar para ir al médico

Si la víctima no acude a urgencias el mismo día, luego es difícil relacionar la lesión con la agresión. Para el investigado, en cambio, un parte propio puede acreditar que también recibió golpes.

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

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1

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2

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3

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Preguntas frecuentes sobre lesiones y amenazas en Madrid

¿Qué dice el artículo 147.1 del Código Penal?

Castiga a quien causa a otro una lesión que menoscaba su integridad corporal o su salud física o mental, siempre que la lesión necesite, además de una primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico. La pena es de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses. Este tipo de delito de lesiones prescribe a los 5 años (art. 131).

¿Dónde se denuncia una agresión o una amenaza en la Comunidad de Madrid?

En cualquier comisaría de la Policía Nacional, en la Guardia Civil si es la competente en tu municipio, o directamente en el juzgado de guardia; el de Madrid capital está en Plaza de Castilla. En delitos graves conviene presentar querella con abogado.

¿Qué pasa si te denuncian por lesiones?

Te citarán como investigado o denunciado, aunque no te consideres culpable. Si la lesión es leve, habrá un juicio por delito leve en el que te pueden imponer una multa. Si hubo tratamiento médico, se abre un procedimiento por delito de lesiones que puede terminar en conformidad, archivo o juicio ante un Juzgado de lo Penal. Antes de que, como acusado, aceptes una conformidad, te explicamos sus consecuencias.

¿Una pelea con lesiones leves siempre es delito?

Sí, pero delito leve: multa de 1 a 3 meses, o de 1 a 2 meses si hubo golpe sin lesión. Solo se persigue si el perjudicado denuncia, y su perdón expreso antes de la sentencia extingue la responsabilidad penal (art. 130 CP).

¿Cuándo una amenaza se convierte en delito?

Cuando anuncia un mal futuro, serio, concreto y creíble contra la persona, su familia o alguien muy cercano, y es capaz de atemorizar y de limitar su libertad. Si el mal anunciado es un delito, como matar o herir, se aplica el artículo 169. Las amenazas leves fuera del ámbito familiar se castigan con multa de 1 a 3 meses y requieren denuncia (art. 171.7).

¿Qué pasa si me denuncian por coacciones?

Se investigará si impediste a alguien con violencia hacer algo que la ley permite o le obligaste a hacer lo que no quería. La coacción del artículo 172.1 se castiga con prisión de seis meses a tres años o multa de 12 a 24 meses, y con pena más alta si buscaba impedir el disfrute de la vivienda. Las coacciones leves son un delito leve con multa.

¿Cómo se prueba el delito de amenazas?

Con la declaración de la víctima, si es coherente y persistente, y con lo que la corrobore: mensajes, audios, correos, testigos o grabaciones. Hay que aportar las capturas completas y, si se discute su autenticidad, conservar el teléfono para un posible peritaje.

¿Necesito abogado para un juicio por delito leve?

No es obligatorio: la ley permite acudir sin abogado a un juicio por delito leve, salvo que la multa prevista llegue al menos a 6 meses (art. 967 LECrim). Aun así, conviene ir con abogado penalista: prepara la prueba y las preguntas a los testigos, algo difícil de improvisar en la sala.

¿Cuánto se cobra de indemnización por lesiones?

La sentencia fija la responsabilidad civil: días de curación, secuelas, gastos médicos y daños morales. Los juzgados suelen tomar como orientación el baremo de accidentes de tráfico, pero no están obligados a aplicarlo. La víctima puede ejercer la acción civil en el mismo juicio penal y reclamar una cantidad concreta.

¿Hablamos de tu caso?

Si te han citado o quieres denunciar, cuéntale a un abogado qué pasó antes de ir al juzgado. Lo que nos cuentes queda bajo confidencialidad. Llámanos al 91 999 74 91, escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos y te llamamos.
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