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Un portátil que falla a los cuatro meses y la tienda te manda al fabricante. Una factura de la luz o del móvil con cargos que nunca contrataste. Un vuelo cancelado la víspera y una aerolínea que solo ofrece un bono. Un gimnasio o una academia que siguen cobrando después de que te diste de baja. Lo normal es intentarlo primero con el servicio de atención al cliente. Cuando eso no funciona, o cuando la cantidad ya es importante, necesitas a alguien que conozca los derechos de los consumidores y sepa por qué vía reclamar.
En R. Sánchez Abogados trabajamos el derecho del consumidor como una rama propia, con un equipo de abogados de derecho de consumo dentro de un bufete de más de 40 profesionales. Estudiamos los documentos, te decimos con franqueza si la reclamación tiene recorrido y elegimos el camino más corto: requerimiento a la empresa, mediación, arbitraje de consumo o demanda ante los tribunales. En esta área estamos del lado del consumidor: defendemos tus intereses frente a comercios, proveedores de servicios y compañías de suministros, telecomunicaciones o seguros.
Los asuntos con entidades bancarias (tarjetas revolving, cláusulas suelo, gastos hipotecarios, cargos con tarjeta que no reconoces) los lleva nuestro equipo de abogados bancarios en Madrid. Si el problema es una deuda con un particular o un contrato entre empresas, te atienden los abogados de derecho civil en Madrid. Para cualquier otra materia, consulta a nuestros abogados en Madrid.

Estas son las reclamaciones de consumo más habituales en el despacho, desde el asesoramiento previo hasta el juicio. Si tu caso no aparece, cuéntanoslo igualmente.
Electrodomésticos, móviles, ordenadores o coches con averías. El fabricante responde de los productos que pone en el mercado y el vendedor, de la falta de conformidad. Exigimos la reparación o la sustitución y, si no llega, la rebaja del precio o la devolución, además de los daños que cause un producto defectuoso.
Pedidos que no llegan, productos distintos de lo anunciado, devoluciones que no se reembolsan o tiendas que niegan el desistimiento en el comercio electrónico.
En el sector de las telecomunicaciones vemos con frecuencia facturación de servicios no contratados, permanencias que no te informaron, portabilidades mal hechas y penalizaciones por darte de baja.
Refacturaciones, cambios de comercializadora que no pediste, cortes de suministro y contratos firmados en la puerta de casa o por teléfono.
Cancelaciones, retrasos, overbooking y equipaje perdido o dañado, al amparo del Reglamento (CE) 261/2004. También viajes combinados y reservas de alojamiento que no se cumplen.
Seguros de hogar, de viaje, de móvil o de decesos que no pagan un siniestro o lo pagan por debajo de lo que corresponde, y cláusulas limitativas que no aceptaste de forma expresa.
Revisamos contratos de adhesión y condiciones generales de la contratación para detectar abusos en la letra pequeña y pedir la nulidad de las cláusulas que causan un desequilibrio en tu perjuicio: penalizaciones desproporcionadas, renuncias a derechos o sumisión a tribunales lejanos.
Ofertas que luego no se respetan, información falsa sobre un producto o presiones para contratar. Reclamamos que se cumpla lo anunciado o que te devuelvan lo pagado.
Academias, gimnasios, reformas, talleres, clínicas estéticas o empresas de mudanzas que cobran por adelantado y no cumplen, o prestan el servicio sin la calidad pactada.
Si no hay acuerdo, presentamos la demanda, te damos asistencia en el juicio y preparamos los recursos si la sentencia no te da la razón. También cuando es la empresa la que te reclama una deuda que no reconoces.
¿Necesitas un abogado de consumo en Madrid?
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En Madrid conviven organismos municipales y autonómicos, y elegir bien por dónde empezar ahorra meses. Estos son los que usamos a menudo:
También puedes acudir a una asociación de consumidores. Lo que aporta un abogado es valorar si la vía administrativa basta o si conviene preparar ya la demanda, sin perder plazos.
En cualquier relación de consumo, el primer paso es pedir la hoja de reclamaciones o escribir al servicio de atención al cliente. Conserva el ticket, la factura, el contrato, los correos y las fotos. La mayoría de conflictos se resuelven o se enquistan en esta fase, y lo que quede por escrito es la base de todo lo demás.
El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) marca los principales:
Una vez presentada la reclamación, si la empresa no responde, la OMIC o la Comunidad de Madrid pueden mediar. El arbitraje de consumo es voluntario: la empresa tiene que estar adherida o aceptarlo para ese caso. Cuando se celebra, el laudo obliga a las dos partes y, si la empresa no lo cumple, se puede ejecutar ante el juzgado como una sentencia.
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige en la mayoría de asuntos civiles intentar antes un medio adecuado de solución de controversias (MASC), como una negociación entre abogados. Después se presenta la demanda. En contratos con consumidores no vale la cláusula que te obliga a pleitear en otra ciudad, así que el juicio se celebra normalmente en Madrid. Para reclamaciones de hasta 2.000 euros la ley no exige abogado ni procurador; te diremos con honestidad si en tu caso compensa contar con nosotros.
El Reglamento (CE) 261/2004 se aplica a los vuelos que salen de un aeropuerto de la Unión Europea, como Madrid-Barajas, y a los que llegan a ella con una aerolínea comunitaria. Según la distancia, la compensación es de 250, 400 o 600 euros por pasajero, además del reembolso o el transporte alternativo. No se debe si la cancelación se avisó con al menos 14 días de antelación o hubo circunstancias extraordinarias. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea extiende la compensación a los retrasos de tres horas o más en la llegada.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Casi cualquier incumplimiento de una empresa con un particular: productos defectuosos o que no son como se anunciaron, servicios mal prestados o no prestados, cobros indebidos, cláusulas abusivas, publicidad engañosa, cancelaciones de vuelos y viajes, y siniestros que el seguro no paga. Se puede pedir la reparación, la devolución del dinero y, si procede, una indemnización por los daños.
La ley reconoce a las personas consumidoras varios derechos básicos: la protección frente a los riesgos para su salud y seguridad, la protección de sus intereses económicos, en especial frente a las prácticas comerciales desleales y las cláusulas abusivas, la indemnización de los daños sufridos, la información correcta sobre lo que compran o contratan, la representación a través de asociaciones de consumidores y una protección reforzada para quienes están en situación de vulnerabilidad.
Primero ante la empresa, con la hoja de reclamaciones o por escrito. Si no responde o la respuesta no te convence, puedes acudir a la OMIC de tu distrito, a los servicios de consumo de la Comunidad de Madrid o a la Junta Arbitral de Consumo. Si nada de eso funciona, queda la vía judicial.
Depende del caso. La garantía de un bien nuevo dura tres años desde la entrega y la acción para exigirla prescribe a los cinco años desde que aparece el defecto. Para los vuelos, los tribunales españoles aplican el plazo general de cinco años. Conviene no esperar: las pruebas se pierden y los plazos cortos, como el de desistimiento, vencen enseguida.
Una negociación puede cerrarse en semanas. El arbitraje de consumo suele resolverse en pocos meses. Un juicio en Madrid tarda más, según la carga del tribunal. Al estudiar tu caso te damos una previsión realista.
No siempre. Para reclamaciones pequeñas puedes hacerlo tú mismo, y la OMIC te ayuda. Merece la pena contar con un abogado cuando la cantidad es importante, cuando hay cláusulas en juego, cuando la empresa ya ha rechazado tu reclamación o cuando es ella quien te demanda.
Después de revisar la documentación y antes de empezar. Te lo damos por escrito. Depende de la vía que elijamos y de la complejidad del caso, por eso no damos cifras sin conocer el asunto.
Sí. Como consumidor, normalmente puedes demandar en Madrid, y tenemos sedes en Barcelona, Sevilla, Málaga, Córdoba y Mallorca para los asuntos que se tramitan fuera.