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Abogados de Ley Beckham en Madrid

Revisamos si cumples los requisitos del régimen especial de trabajadores desplazados, preparamos el modelo 149 dentro de plazo y te acompañamos en las declaraciones de los años siguientes.
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Lo esencial

Ley Beckham Madrid: lo que decides en los primeros seis meses

Llegas a Madrid con un contrato firmado, una oferta de una empresa con sede aquí o una orden de tu grupo para dirigir la filial española. Te han hablado de la Ley Beckham como de un tipo fijo y bajo, y es cierto que el régimen puede reducir mucho lo que pagas. Pero no se aplica solo: es una opción que tienes que ejercitar tú, con un formulario concreto, dentro de un plazo que empieza a correr el día de tu alta en la Seguridad Social y que no se puede recuperar si se pasa.

El nombre oficial es régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, y también se le llama régimen de impatriados. Lo regulan el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los artículos 113 a 120 de su reglamento. Durante su aplicación sigues siendo contribuyente del IRPF, pero calculas el impuesto con las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, con varias especialidades. Su función es atraer talento, trabajadores y profesionales extranjeros desplazados a territorio español, no a deportistas: la relación laboral especial de los deportistas profesionales está excluida.

Dentro del equipo de abogados fiscalistas en Madrid estudiamos tu caso antes de presentar nada: si cumples los requisitos, si te conviene frente al régimen general y qué pasa con tu familia. Si todavía no tienes claro en qué país serás residente este año, empezamos por ahí con la residencia fiscal en Madrid.

Calculadora y cifras de impuestos, derecho fiscal

Ventajas de la Ley Beckham en España frente al régimen general

La pregunta práctica no es si la Ley Beckham es buena, sino si es buena para ti. Ponemos las dos formas de tributar una al lado de la otra antes de que decidas.

Si tributas por el IRPF general

Si optas por la Ley Beckham

Cuándo suele salir a cuenta

¿Te trasladas a Madrid y quieres saber si puedes acogerte a la Ley Beckham?

Cuéntanos tu caso y te explicamos las opciones antes de empezar, sin compromiso.

Requisitos de la Ley Beckham tras la Ley 28/2022

La Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, reescribió el artículo 93 con efectos desde el 1 de enero de 2023. Estos son los requisitos que comprobamos uno por uno antes de la solicitud. No hay un trámite de aprobación separado: a la vista de tu comunicación, la Agencia Tributaria española expide, si procede, el documento que acredita tu opción.

No haber sido residente en España

No puedes haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al año en que te desplazas. Antes de la reforma eran diez. Si ya viviste en Madrid hace unos años, calculamos tus ejercicios con cuidado: un solo año de residencia dentro de esa ventana te deja fuera.

Una causa de desplazamiento reconocida

El traslado tiene que producirse, en el primer año del régimen o en el anterior, por alguna de estas causas del artículo 93.1.b:

  • Un contrato de trabajo con un empleador en España, o una orden de desplazamiento de tu empleador con su carta de desplazamiento
  • Teletrabajo para un empleador, con medios exclusivamente telemáticos, incluido quien tiene el visado para teletrabajo de carácter internacional
  • Pasar a ser administrador de una entidad, con límites si es una entidad patrimonial
  • Una actividad emprendedora con informe favorable de ENISA
  • Un profesional altamente cualificado que presta servicios a empresas emergentes (startups) o desarrolla actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, si esa remuneración supone más del 40 % de sus rendimientos

Sin establecimiento permanente en España

No puedes obtener rentas a través de un establecimiento permanente situado en España. No obstante, esa limitación no alcanza al emprendedor ni al profesional altamente cualificado, que sí pueden desarrollar su actividad económica durante la aplicación del régimen (art. 113.2 RIRPF).

Plazos clave de la Ley Beckham

Estas cifras salen de la ley y del reglamento del IRPF, y de la orden que aprueba los modelos. Son las que más problemas causan cuando alguien llega a Madrid sin asesoramiento.

6 meses

plazo máximo para comunicar la opción con el modelo 149, contado desde la fecha de inicio de la actividad que consta en el alta en la Seguridad Social

fuente: art. 116.1.a RIRPF

Año del cambio + 5

duración del régimen: el período impositivo en que adquieres la residencia y los cinco siguientes

fuente: art. 93.1 LIRPF y art. 115 RIRPF

Noviembre y diciembre

único momento para renunciar, con efectos desde el 1 de enero siguiente; si renuncias, no puedes volver

fuente: art. 117 RIRPF

1 mes

plazo para comunicar a Hacienda que has dejado de cumplir un requisito o que ha terminado tu desplazamiento

fuente: arts. 118.2 y 119.5 RIRPF

Cómo acogerse a la Ley Beckham en Madrid, paso a paso

Así ordenamos el trabajo con quien se traslada a Madrid. Lo ideal es hablar antes de firmar el contrato, porque la causa del desplazamiento y la fecha de alta condicionan todo lo demás.

1

Estudio de elegibilidad

Revisamos tus últimos cinco ejercicios, la causa del traslado, tu contrato o tu carta de desplazamiento y si tienes alguna actividad que pueda considerarse establecimiento permanente.

2

Comparativa de tributación

Calculamos lo que pagarías con el IRPF general y con el régimen especial, contando las rentas de fuera de España y la situación de tu familia.

3

Alta y documentación

Coordinamos con tu empleador el documento que exige el reglamento, con la fecha de inicio que consta en el alta, el centro de trabajo y la duración del contrato.

4

Presentación del modelo 149

La presentación se hace solo de forma electrónica, por internet, ante la AEAT. En Madrid, el órgano territorial de la AEAT es la Delegación Especial de Madrid.

5

Certificado del régimen

Si procede, la Administración expide en un máximo de diez días hábiles el documento que acredita tu opción, y se lo entregas a tu empleador para que te aplique la retención del 24 %.

6

Declaraciones anuales

Cada año presentas el modelo 151 en el mismo plazo general de la campaña de la renta, siempre por internet.

Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos

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Qué rentas tributan durante la aplicación del régimen

Buena parte de las dudas que nos llegan de Madrid vienen de aquí: qué ingresos entran en el modelo 151 y qué no. Estas son las reglas del impuesto sobre la renta para el contribuyente acogido.

Salario y trabajo

Todos los rendimientos del trabajo que obtienes mientras aplicas el régimen se consideran obtenidos en España, aunque parte de tu trabajo se haga fuera. Tributan al 24 % hasta 600.000 euros y al 47 % por encima. La retención que practica tu empleador sigue esas mismas cifras.

Dividendos, intereses y ganancias

Las rentas del ahorro obtenidas en España tributan con una escala propia que va del 19 % al 30 %, en la redacción vigente desde el 1 de enero de 2025 tras la Ley 7/2024. Las de fuente extranjera, como regla general, no tributan en España mientras dura el régimen.

Doble imposición

Si pagaste impuestos fuera por rendimientos del trabajo obtenidos en otro país, puedes deducir esa doble imposición internacional con un límite del 30 % de la parte de la cuota que corresponde a esos rendimientos (art. 114 RIRPF).

Venta de un inmueble en España

Si vendes un piso situado en España mientras aplicas el régimen, el comprador debe retener una parte del importe a cuenta de tu impuesto, igual que si fueras no residente (art. 114.5 RIRPF).

Patrimonio y otros impuestos que no desaparecen

Optar por la Ley Beckham no te saca del resto del sistema. En el impuesto sobre el patrimonio pasas a tributar por obligación real: solo por los bienes y derechos situados en España, no por los que tengas fuera (art. 93.1 LIRPF y art. 5 Ley 19/1991). La Agencia Tributaria admite que optes por aplicar la normativa de tu comunidad de residencia; en Madrid eso incluye una bonificación autonómica condicionada mientras siga exigiéndose el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. Lo vemos en cada caso con el impuesto sobre el patrimonio en Madrid. Las herencias y donaciones que recibas tienen sus propias reglas.

Documentos que necesitamos para estudiar tu caso

Con esto hacemos el análisis previo y preparamos la comunicación:

Errores frecuentes con la Ley Beckham en Madrid

Esperar a la primera nómina para informarse

El plazo de seis meses corre desde la fecha de inicio que consta en el alta, no desde que te instalas en tu piso de Madrid ni desde que la empresa te habla del régimen. Quien lo deja para el sexto mes suele encontrarse sin el documento del empleador a tiempo.

Dar por hecho que sale a cuenta

Con hijos a cargo, salarios medios y sin rentas fuera de España, el régimen general puede salir mejor. Además, una vez renuncias o te excluyen, no puedes volver a optar.

Trabajar a la vez como autónomo

Una actividad por cuenta propia en España puede considerarse establecimiento permanente y excluirte del régimen. La excepción es solo para el emprendedor con informe de ENISA y el profesional altamente cualificado que cumple el artículo 93.1.b.4.º.

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

Atención cercana y directa

Te explicamos cada paso de tu asunto con claridad.

Transparencia desde el primer día

Antes de empezar sabrás cómo vamos a trabajar y cuál es el presupuesto, por escrito.

Cobertura nacional con presencia local

Oficina en Madrid y seis sedes en España, presencial o a distancia.

Un abogado por materia

Cada caso lo lleva un abogado del área que corresponde.

Cómo empezamos

1

Nos dejas tus datos

Rellena el formulario o llámanos. Basta con una explicación breve.

2

Te llamamos

Hablamos contigo para entender tu situación y qué necesitas resolver.

3

Valoración y propuesta

El abogado del área estudia tu caso y te explica las opciones y las condiciones antes de empezar.

Preguntas frecuentes sobre la Ley Beckham en Madrid

¿Quién puede acogerse a la Ley Beckham?

Las personas físicas que adquieren la residencia fiscal en España por un desplazamiento con alguna de las causas del artículo 93: contrato de trabajo, orden del empleador, teletrabajo, cargo de administrador, actividad emprendedora o profesional altamente cualificado. Además, no pueden haber sido residentes en los cinco años anteriores ni obtener rentas por establecimiento permanente, con las excepciones legales.

¿Qué es el modelo 149?

Es la comunicación con la que ejercitas la opción por el régimen especial, y también la que se usa para renunciar, comunicar la exclusión o el fin del desplazamiento. Se presenta por vía electrónica en la sede de la Agencia Tributaria, con la documentación que exige el artículo 119 del reglamento.

¿Qué es el modelo 151 y cuándo se presenta?

Es la declaración anual del IRPF para los contribuyentes del régimen de impatriados. Sustituye a la declaración de la renta ordinaria y se presenta en el mismo plazo que se fija cada año con carácter general para el IRPF, solo por internet.

¿Cuánto tiempo tengo para pedir la Ley Beckham?

Seis meses como máximo desde la fecha de inicio de la actividad que consta en tu alta en la Seguridad Social en España, o en el documento que te permite mantener la de tu país de origen. Pasado ese plazo, la opción se pierde.

¿Sigue vigente la Ley Beckham?

Sí. El artículo 93 está en vigor en su redacción dada por la Ley 28/2022, con efectos desde 2023, y la última modificación publicada solo afectó a la escala de las rentas del ahorro desde 2025. Antes de presentar comprobamos siempre el texto consolidado vigente.

¿Se pueden acoger el cónyuge y los hijos?

Sí, desde 2023. Pueden optar el cónyuge, los hijos menores de 25 años o con discapacidad y, si no hay matrimonio, el otro progenitor. Deben trasladarse contigo o después, adquirir la residencia fiscal en España y cumplir los requisitos, y la suma de sus bases liquidables tiene que ser inferior a la tuya.

¿Cuáles son las desventajas de la Ley Beckham?

Pierdes los mínimos personales y familiares y las deducciones, no tienes la posibilidad de compensar pérdidas con ganancias y la deducción por doble imposición tiene límites. Además, la renuncia es irreversible y cualquier incumplimiento te excluye desde el año en que se produce.

¿Me sirve la Ley Beckham si soy nómada digital?

Si teletrabajas por cuenta ajena para un empleador y lo haces solo con medios telemáticos, el artículo 93 lo admite expresamente, también con el visado para teletrabajo de carácter internacional. Si trabajas como autónomo para clientes, en general no encaja, salvo que tu actividad sea emprendedora con informe de ENISA o seas profesional altamente cualificado en los términos de la ley.

Otros asuntos fiscales que llevamos en Madrid

¿Tu asunto se lleva en Barcelona? Consulta nuestra página de ley beckham en Barcelona o a todos los abogados en Madrid. Tenemos seis sedes en España: ver oficinas.

¿Hablamos de tu caso?

Dinos la fecha de tu alta o de tu llegada a Madrid, tu causa de desplazamiento y quién viene contigo, y te decimos cuánto plazo te queda y si el régimen te conviene. Llámanos al 91 999 74 91, escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos y te llamamos.
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