Visados y residencia no lucrativa en Madrid

Preparamos el visado de quien quiere instalarse en Madrid sin trabajar aquí, venir a estudiar o teletrabajar para una empresa extranjera, y seguimos el expediente hasta que tienes la tarjeta.
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Residencia no lucrativa en Madrid: vivir aquí sin trabajar, con los números bien hechos

Quien nos consulta por la residencia no lucrativa suele ser un jubilado con pensión en su país de origen, un rentista que vive de alquileres o inversiones, o una familia con ahorros que quiere pasar unos años en Madrid sin trabajar aquí. La autorización está regulada en la Ley Orgánica 4/2000 (art. 31.2) y en los artículos 61 a 64 del Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024.

El punto delicado casi nunca es el formulario. Es demostrar ante la oficina consular que los medios económicos son suficientes, estables y disponibles durante todo el año de la autorización, y contratar un seguro de enfermedad que la administración acepte. Revisamos esos dos requisitos antes de pedir cita en el consulado, porque son los que más visados frenan.

También llevamos el visado de estudiante y el de teletrabajo internacional. Si el trámite forma parte de un plan más amplio (traer después a tu familia, cambiar de autorización o pedir la nacionalidad dentro de unos años), lo vemos con el equipo de abogados de extranjería en Madrid. Y cuando llegue el momento de renovar, la página de renovación de la residencia en Madrid explica ese paso.

Visado en un pasaporte, derecho de extranjería

No lucrativa, estudios o nómada digital: qué visado pedir

Una guía rápida: son tres vías con requisitos y derechos que no se mezclan, y elegir mal el tipo de visado obliga a empezar de cero.

Residencia no lucrativa

Visado de estudios

Visado de nómada digital (teletrabajo de carácter internacional)

¿Quieres vivir en Madrid de tus rentas, estudiar o teletrabajar y no sabes qué visado pedir?

Cuéntanos tu caso y te explicamos las opciones antes de empezar, sin compromiso.

Plazos clave de la residencia no lucrativa y los visados

Cifras del Reglamento de Extranjería vigente que conviene tener a mano antes de reservar vuelos.

400 % del IPREM

al mes para el titular de la residencia no lucrativa, más un 100 % del IPREM por cada familiar a su cargo

fuente: art. 62.1 RD 1155/2024

1 mes

tiene la oficina de extranjería para resolver la autorización desde que recibe el expediente del consulado; si no contesta, se entiende denegada

fuente: art. 63.4 RD 1155/2024

183 días

de residencia real en España durante el año natural para poder renovar la no lucrativa

fuente: art. 64.2.f RD 1155/2024

30 horas

semanales como máximo de trabajo con la autorización de estancia por estudios

fuente: art. 57.2 RD 1155/2024

Qué miramos antes de presentar la solicitud de visado

Casi todas las denegaciones se pueden prever con el expediente delante. Esto es lo que revisamos contigo.

Medios económicos que el consulado entienda

El Reglamento pide contar con medios económicos suficientes o una fuente de ingresos periódica para todo el periodo de la autorización (art. 62). La acreditación admite cualquier medio de prueba válido en Derecho: certificados bancarios, títulos de propiedad, pensiones. Si las cuentas están fuera de España, hay que aportar la entidad, la identificación de las cuentas y los saldos a 31 de diciembre y medios del último año.

Un seguro de enfermedad sin huecos

Para la residencia no lucrativa hace falta un seguro de enfermedad durante toda la estancia, que en la práctica suele ser un seguro privado. Comprobamos coberturas, periodos de carencia y copagos antes de contratarlo: un seguro de viaje o una póliza con exclusiones importantes suele acabar en requerimiento.

Antecedentes y certificado médico

Para el visado se exige el certificado de antecedentes penales de los países donde has residido en los últimos cinco años y un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades con repercusiones graves de salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005 (art. 38 RD 1155/2024). Ambos llegan legalizados o apostillados y, si hace falta, traducidos.

Si tus ingresos vienen de una empresa

Si los medios vienen de participaciones en empresas radicadas en España, hay que certificar que no trabajas en ellas y firmar una declaración responsable.

Cómo es el trámite del visado no lucrativo

El proceso empieza fuera de España: el visado no lucrativo se pide en el consulado de tu lugar de residencia y lleva incorporada la solicitud de la autorización.

1

Estudio previo

Calculamos los medios según los familiares que vengan contigo y revisamos seguro, pasaporte y certificados.

2

Solicitud en la oficina consular

Presentas el impreso oficial de solicitud de visado, el pasaporte con validez mínima de un año y la documentación. El consulado valora los medios del solicitante y el seguro (art. 39.2 RD 1155/2024).

3

Resolución de la autorización

La oficina de extranjería de la provincia donde vas a vivir comprueba antecedentes e informe policial y resuelve en un mes.

4

Expedición del visado

Con la resolución favorable, el consulado expide el visado en el plazo máximo de un mes (art. 39.5 RD 1155/2024).

5

Llegada y TIE

En el mes siguiente a tu entrada en España pides en persona la tarjeta de identidad de extranjero, el documento que acredita tu permiso de residencia en territorio español, en una comisaría de la Policía Nacional en Madrid, con cita previa y toma de huellas.

Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos

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Residencia no lucrativa en Madrid tras el primer año

Para la renovación ya no hay consulado: se presenta en la Oficina de Extranjería de Madrid, dependiente de la Delegación del Gobierno, durante los dos meses previos a la caducidad. Si se presenta en plazo, la autorización anterior se prorroga hasta que haya resolución (art. 64.1 RD 1155/2024).

Lo que se revisa al renovar

  • Que mantienes los medios económicos para los dos años siguientes y el seguro de enfermedad sin interrupciones
  • Que has vivido de forma real y efectiva en España más de 183 días del año natural
  • Que los menores de edad a tu cargo en edad de escolarización obligatoria están escolarizados, con informe de las autoridades autonómicas
  • Se valora además si has cumplido tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social

Informe de esfuerzo de integración

El Reglamento permite aportar un informe favorable de la comunidad autónoma, que en tu caso emite la Comunidad de Madrid, sobre todo si falla alguno de los requisitos de la renovación (art. 64.6). Si no llega en un mes, el esfuerzo de integración se puede acreditar por otros medios.

Documentos que necesitamos para empezar

Para la residencia no lucrativa partimos de esto (en estudios o teletrabajo, añadimos la admisión o el contrato):

Errores frecuentes con el visado no lucrativo

Contar con ingresos que en realidad son de trabajo

Si tus ingresos vienen de un trabajo que sigues haciendo, aunque sea en remoto para tu país, la residencia no lucrativa no es la vía: estarías trabajando desde España. Para ese caso existe el visado de teletrabajo internacional.

Pasar demasiado tiempo fuera de España

Quien usa Madrid como base y viaja largas temporadas puede no llegar a los 183 días al año. Lleva la cuenta desde el primer día.

Presentar la renovación con retraso

La ley admite la solicitud hasta tres meses después de la caducidad, pero con posible procedimiento sancionador (art. 64.1). Mejor presentarla dentro de los dos meses anteriores.

Podemos ayudarte si…

Por qué elegirnos

Atención cercana y directa

Te explicamos cada paso de tu asunto con claridad.

Transparencia desde el primer día

Antes de empezar sabrás cómo vamos a trabajar y cuál es el presupuesto, por escrito.

Cobertura nacional con presencia local

Oficina en Madrid y seis sedes en España, presencial o a distancia.

Un abogado por materia

Cada caso lo lleva un abogado del área que corresponde.

Cómo empezamos

1

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Rellena el formulario o llámanos. Basta con una explicación breve.

2

Te llamamos

Hablamos contigo para entender tu situación y qué necesitas resolver.

3

Valoración y propuesta

El abogado del área estudia tu caso y te explica las opciones y las condiciones antes de empezar.

Preguntas frecuentes sobre visados y residencia no lucrativa en Madrid

¿Cuánto dinero se necesita para la visa no lucrativa en España?

El 400 % del IPREM al mes para el titular y un 100 % más por cada familiar, calculado para todo el tiempo de la autorización (art. 62 RD 1155/2024). Para una persona sola equivale a cuatro veces el IPREM mensual durante doce meses en la solicitud inicial y durante veinticuatro en una renovación de dos años; como el IPREM lo fija cada año la ley de presupuestos, calculamos la cifra en euros con el valor vigente.

¿Cuánto dura la residencia no lucrativa?

La autorización inicial dura un año y cada renovación, dos (art. 64.7 RD 1155/2024). Con cinco años de residencia temporal continuada puedes pedir la de larga duración, que ya permite trabajar (art. 32 LO 4/2000).

¿Puedo traer a mi familia con la residencia no lucrativa?

Sí. Tu cónyuge o pareja, tus hijos menores de edad y los hijos mayores con discapacidad que necesiten apoyo pueden acompañarte, siempre que acredites un 100 % del IPREM adicional por cada uno (arts. 61.3 y 62.1 RD 1155/2024).

¿Qué se necesita para sacar la visa de estudiante en España?

Admisión en un centro reconocido y matrícula pagada, medios del 100 % del IPREM al mes, seguro de enfermedad con prestaciones similares a las del Sistema Nacional de Salud y, si la estancia supera seis meses, certificado de antecedentes penales (arts. 35 y 53 RD 1155/2024). Hay que pedirlo al menos dos meses antes del inicio del curso.

¿Cuánto tiempo puedo estar en España con visa de estudiante?

Lo que duren los estudios. En estudios superiores la autorización cubre la duración oficial del programa; en el resto, un año prorrogable (art. 55 RD 1155/2024).

¿Qué se necesita para ser nómada digital en España?

Trabajar en remoto para empresas de fuera de España con al menos un año de actividad, llevar tres meses de relación con ellas y ser titulado o tener tres años de experiencia (arts. 74 bis y ter Ley 14/2013). La autorización la tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos si ya estás en España de forma regular.

¿Se puede pasar de la residencia no lucrativa a la nacionalidad española?

Los años de residencia legal cuentan para la nacionalidad, siempre que sea continuada. Te lo explicamos en la página de nacionalidad española en Madrid.

¿Hablamos de tu caso?

Cuéntanos de qué vives, con quién vendrías y cuándo quieres llegar a Madrid, y te decimos qué visado encaja y qué papeles preparar primero. Llámanos al 91 999 74 91, escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos y te llamamos.
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