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En Madrid conviven los ministerios, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento, decenas de organismos autónomos y empresas públicas, y un volumen muy alto de licitaciones. En la práctica, buena parte de las investigaciones por corrupción que se abren aquí nacen de un expediente administrativo: una adjudicación discutida, una licencia urbanística concedida deprisa, una subvención cuyo destino no cuadra o un regalo que alguien interpretó como pago. El delito de cohecho suele ser el eje, pero casi nunca llega solo. Es una parte del derecho penal económico en la que hay que leer a la vez contabilidad, contratos y expedientes.
Cuando te citan como investigado, lo que está en juego va más allá de la pena de prisión. La inhabilitación puede acabar con una carrera en la función pública y la prohibición de contratar con el sector público puede dejar sin actividad a una empresa entera. Por eso trabajamos el expediente administrativo con el mismo detalle que el atestado: quién firmó, con qué informes técnicos, qué margen de decisión tenía cada uno y qué se pagó, si es que se pagó algo.
Esta página forma parte del servicio de nuestros abogados penalistas en Madrid. Cuando el asunto incluye movimientos de fondos, facturación ficticia o un delito contra la Hacienda Pública, la coordinamos con la defensa en blanqueo de capitales o en delitos societarios.

Cohecho, tráfico de influencias, malversación y prevaricación están en el título XIX del Código Penal y son los delitos económicos de funcionarios que más se investigan juntos.
¿Te investigan por cohecho, malversación o tráfico de influencias en Madrid?
Las penas dependen de la figura y de la cuantía. Estas son las referencias que más pesan en una causa.
3 a 6 años
de prisión, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación de 9 a 12 años por un acto contrario a los deberes del cargo
Art. 419 CP
2 a 6 años
de prisión en la malversación por apropiación; de 4 a 8 años si el perjuicio supera los 50.000 euros
Art. 432 CP
9 a 15 años
de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación administrativa
Art. 404 CP
2 meses
para que el particular que accedió de forma ocasional a una solicitud de dádiva quede exento si la denuncia antes de abrirse el procedimiento
Art. 426 CP
La mayoría de las causas sigue este recorrido.
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Una denuncia, un informe de la intervención o de un órgano de control, una querella de otro licitador o unas diligencias de investigación de la Fiscalía.
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La dirige un Juzgado de Instrucción de Madrid, en Plaza de Castilla, con apoyo de la Policía Nacional o la Guardia Civil. Puede haber secreto de actuaciones, registros, intervenciones telefónicas y requerimientos de documentación; revisamos que cada autorización judicial esté motivada.
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Es tu primera intervención. Preparamos antes la línea de defensa: qué documentos conviene aportar y si es mejor declarar o esperar a conocer la causa completa.
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Fianzas, embargos y, en algunos casos, medidas que afectan al ejercicio del cargo mientras dura el proceso.
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Acusaciones, defensa y petición de sobreseimiento si los indicios no sostienen el delito.
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Ante un Juzgado de lo Penal o la Audiencia Provincial de Madrid según la pena pedida. La malversación cometida por funcionario puede corresponder al Tribunal del Jurado.
El cohecho, la malversación y la prevaricación exigen un autor que sea autoridad o funcionario a efectos penales (art. 24 CP). Revisamos el nombramiento y las funciones reales. El art. 423 extiende el cohecho a peritos, árbitros o administradores concursales, y el art. 427 lo aplica en España también a funcionarios de otros países de la Unión Europea y de organizaciones internacionales.
En el cohecho hay que probar que la dádiva se dio a cambio de un acto concreto o en consideración al cargo. El Tribunal Supremo admite que el pacto sea expreso o tácito, así que la estrategia pasa por explicar el origen y el valor de cada pago. Un préstamo documentado o un obsequio de cortesía no son un soborno.
Informes técnicos, votaciones, firmas y plazos. A menudo la decisión que se presenta como amañada estaba respaldada por varios informes independientes.
La mayoría de estas causas se instruyen en el juzgado del lugar de los hechos. La Audiencia Nacional solo las asume en supuestos concretos que fija la ley, y si el investigado es aforado la competencia es del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal Supremo según su cargo.
Si la sociedad también está investigada, analizamos su modelo de cumplimiento normativo, que puede eximirla o atenuar su responsabilidad (art. 31 bis CP), y damos asesoramiento para reforzarlo durante el proceso.
Cuanto antes nos lo cuentes, más margen tendremos
Con esto hacemos un primer estudio realista del caso.
Cualquier declaración a la prensa, a un superior, a personas de confianza o en redes puede acabar en la causa. Primero hay que conocer, con tu abogado, qué se investiga.
Reparar el perjuicio puede rebajar mucho la pena en la malversación (art. 434), pero hacerlo sin planificarlo puede interpretarse como reconocimiento o como ocultación.
El frente administrativo avanza en paralelo: suspensión de funciones, resolución del contrato o exclusión de licitaciones. Tiene que ir coordinado con la defensa penal.
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Es el soborno de una autoridad o funcionario público. Comete cohecho pasivo el funcionario que solicita, recibe o acepta una dádiva, favor o retribución para hacer, dejar de hacer o retrasar un acto de su cargo. Comete cohecho activo el particular que la ofrece o la entrega.
Si el acto es contrario a los deberes del cargo, prisión de 3 a 6 años, multa e inhabilitación de 9 a 12 años. Si es un acto propio del cargo, prisión de 2 a 4 años. Aceptar un regalo en consideración al cargo se castiga con 6 meses a 1 año y suspensión de empleo. El particular recibe las mismas penas de prisión y multa que el funcionario.
En el cohecho hay un pago o una promesa a cambio de un acto. La prevaricación consiste en dictar una resolución arbitraria sabiendo que es injusta, aunque nadie haya cobrado nada. Si el acto pagado es una resolución prevaricadora, se castigan los dos delitos.
En el cohecho se compra la decisión con una dádiva. En el tráfico de influencias se presiona a quien decide aprovechando el cargo o una relación personal, sin que tenga que haber pago. Las penas del tráfico de influencias son menores: de 6 meses a 2 años de prisión.
La LO 14/2022 separó tres niveles: la apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro, que es la más grave; el uso privado temporal sin intención de quedárselo; y el desvío a un fin público distinto del presupuestado. Las penas son distintas en cada caso.
Sí. Si el delito se cometió en su nombre y en su beneficio, la persona jurídica puede ser condenada a multa y a otras penas (art. 427 bis). Si el soborno afectó a un contrato, una subvención o una subasta, se añade la prohibición de contratar con el sector público y de gozar de incentivos fiscales y de la Seguridad Social durante 5 a 10 años (art. 424.3). Un modelo de cumplimiento eficaz, adoptado antes de los hechos, puede eximirla.
Si accediste de forma ocasional a la solicitud del funcionario y lo denuncias antes de que se abra el procedimiento y dentro de los dos meses siguientes, quedas exento de pena (art. 426). Pasado ese plazo, la defensa se centra en otras vías.
Depende de la pena máxima. El cohecho por acto contrario a los deberes lleva inhabilitación de hasta 12 años, por lo que prescribe a los 15 años (art. 131). En otras modalidades el plazo es menor.